clausen77
03.10.2022 23:17:14
- #1
Hola,
estamos en proceso de terminar la construcción de nuestra casa unifamiliar (debería estar lista para diciembre/enero).
Para la financiación, hemos financiado de forma variable un componente que debía ser liquidado con la venta de nuestro apartamento [ETW], en el que todavía vivimos.
Nos aconsejaron anunciar el apartamento solo después de terminar la estructura bruta. En retrospectiva, no fue una buena decisión; está en venta desde el verano, pero el interés actualmente es muy bajo por razones comprensibles.
Ahora se me ocurrió la siguiente idea: sobre el [ETW] todavía hay un préstamo de 2017 con un interés del 1,45% con plazo de casi 10 años. Si pudiéramos conservar el apartamento y estructurar la financiación puente a largo plazo (con la hipoteca del [ETW], idealmente también por 10 años para que ambos préstamos terminen al mismo tiempo y puedan ser refinanciados), ¿los intereses de ambos préstamos sobre el [ETW] serían deducibles como gastos relacionados con el alquiler en caso de alquilar el apartamento? En cuanto a las condiciones, hablaremos en breve con ambos bancos que podrían entrar en cuestión. Como la parte de intereses del nuevo préstamo será comparativamente alta, sería muy deseable considerar esto como gastos relacionados con el alquiler.
De todos modos, voy a consultar a un asesor fiscal, pero he escuchado de amigos que la deducción como gastos relacionados con el alquiler no es posible… ¿en qué medida es relevante el uso del préstamo?
Si alguien tiene experiencia o conocimiento sobre esto, agradecería mucho su opinión.
estamos en proceso de terminar la construcción de nuestra casa unifamiliar (debería estar lista para diciembre/enero).
Para la financiación, hemos financiado de forma variable un componente que debía ser liquidado con la venta de nuestro apartamento [ETW], en el que todavía vivimos.
Nos aconsejaron anunciar el apartamento solo después de terminar la estructura bruta. En retrospectiva, no fue una buena decisión; está en venta desde el verano, pero el interés actualmente es muy bajo por razones comprensibles.
Ahora se me ocurrió la siguiente idea: sobre el [ETW] todavía hay un préstamo de 2017 con un interés del 1,45% con plazo de casi 10 años. Si pudiéramos conservar el apartamento y estructurar la financiación puente a largo plazo (con la hipoteca del [ETW], idealmente también por 10 años para que ambos préstamos terminen al mismo tiempo y puedan ser refinanciados), ¿los intereses de ambos préstamos sobre el [ETW] serían deducibles como gastos relacionados con el alquiler en caso de alquilar el apartamento? En cuanto a las condiciones, hablaremos en breve con ambos bancos que podrían entrar en cuestión. Como la parte de intereses del nuevo préstamo será comparativamente alta, sería muy deseable considerar esto como gastos relacionados con el alquiler.
De todos modos, voy a consultar a un asesor fiscal, pero he escuchado de amigos que la deducción como gastos relacionados con el alquiler no es posible… ¿en qué medida es relevante el uso del préstamo?
Si alguien tiene experiencia o conocimiento sobre esto, agradecería mucho su opinión.