nene. Ambos han firmado. Ahora él hace lo siguiente. Inmediatamente envía un fax al juzgado y se asegura de que el terreno que has adquirido se inscriba en el registro de la propiedad. Eso significa que tu pie está en la puerta. El vendedor ya no puede venderlo por segunda vez a otra persona que tal vez te supere en la oferta. Luego informa del negocio a la oficina de impuestos, que exigirá el impuesto sobre la adquisición de bienes inmuebles rápidamente. Después verifica si el municipio tiene un derecho de tanteo y si lo ejercerá o no. Renuncia. Además, el vendedor debe, si corresponde, presentar autorizaciones de cancelación para que se eliminen del registro de la propiedad los bancos a los que debe dinero. Tú tienes derecho a un registro de la propiedad limpio y sin cargas. Luego él dice. Ahora paga. Entonces debes pagar sin demora y demostrarlo por escrito mediante correo postal. El vendedor también debe demostrar por escrito que el dinero ha llegado a sus manos. Entonces se realiza el cambio de posesión, ahora posees la tierra, pero aún no eres propietario. Solo lo serás cuando el registro de la propiedad se haya cambiado a tu nombre, lo que el notario hará solicitar en el juzgado. Sin embargo, esto solo es posible si has pagado el impuesto sobre la adquisición de bienes inmuebles, si no, no hay cambio de inscripción. Una vez que todo esto se ha realizado, el proceso termina y eres propietario, si corresponde, también se inscribe en el registro tu banco financiador, la inscripción en primer lugar, antes que tú, también la solicitará si es necesario. Esta solo se elimina cuando pagues tus deudas. Entonces te dará una autorización de cancelación, que el notario usará para eliminar al banco. Claro. K.