danixf
24.10.2019 15:57:47
- #1
Como ejemplo:
Variante A: Nos transfieren el terreno y acordamos el pago en el día X. Vamos al banco y decimos: "Necesitamos 360.000 euros para la construcción y además 60.000 para el terreno." Hace un total de 420.000. Entonces, desde la lógica, el terreno no puede ser considerado como capital propio, porque el banco tiene que financiarlo, ¿correcto?
Correcto.
Estaría bien y es posible, pero en mi cabeza todavía existe la Variante B:
Nos transfieren el terreno y acordamos un pago mensual a los abuelos. Vamos al banco y decimos: "Necesitamos 360.000 para la construcción y tenemos un terreno que vale 60.000 euros." Son un total de 360.000 con un capital propio de 60.000. En la comprobación de liquidez, por supuesto, la deuda privada debe ser contabilizada e indicada. En total, la cuota para la construcción y la cuota para el terreno debido al capital propio sería aún claramente menor que en la Variante A.
Probablemente sea un error de pensamiento fundamental, ¡pero me gustaría entenderlo!
No importa qué acuerdo se tome, el capital propio siempre es el mismo: dinero en la cuenta + valor del terreno - deuda restante del terreno. Aquí no hace diferencia si es un préstamo bancario o privado, o si el pago se pospone para dentro de x años.