Siempre he supuesto que existe la obligación si el vecino la exige (es decir, en el lado derecho de la propiedad). Si al vecino no le importa, no es necesario.
Así que me uno al hilo aquí: nuestro vecino de la izquierda no tiene cierre en nuestro lado, es decir, en 20 metros no tiene nada, en 10 metros tiene una pantalla de arbustos. Le he dicho dos veces que debería hacer algo respecto al cierre... "sí, sí, ya veremos, no tengo dinero ni tiempo". Ahora se ha mudado, quiere vender su casa, pero no va a poder, así que tiene inquilinos temporales - una pequeña familia numerosa. El más pequeño, de 3 años, no conoce el dolor ni los límites y pasa con su patinete por huecos en la pantalla de arbustos, atravesando nuestro carport hacia nuestra terraza. Al menos fue así en verano.
¿Qué pasa ahora si ocurre algo? Por ejemplo, mi coche bajo el carport.
Y si no pasa nada: ¿vuelvo a empezar con los nuevos propietarios a hablar del cerco? ¿Pueden ellos entonces ampararse en el derecho consuetudinario?
Si molesta a la pantalla de arbustos o a nosotros no digo nada, el niño es adorable... tampoco diré que no se debe presionar al vecino, sino esperar que si se menciona esto tomando una caña, quede en eso (se quiere tener una buena relación).