bene1981
16.10.2018 17:40:39
- #1
Contrato de obra o contrato de promotor inmobiliario?
¿Hubo una aceptación formal (declaración) junto con un protocolo?
¿Se tuvo en cuenta el artículo 640 III del Código de Construcción, es decir, la aceptación se declaró solo con reserva de derechos respecto a los defectos señalados?
Hola Otus, la verdad es que no tengo ni idea. Compramos llave en mano a un promotor inmobiliario. Por lo tanto, supongo que también hay un contrato correspondiente. Aún no hubo una declaración de aceptación. Tuvimos un perito con nosotros, que elaboró en el lugar una lista de defectos, pero el promotor/vendedor se negó a firmarla. En cualquier caso, rechazamos la aceptación. La razón fueron los baños que aún no estaban terminados.
Por lo tanto, sobre el artículo 640 III todavía no hemos llegado a eso. Pero gracias por la indicación.
En la imagen 1, coloca un ángulo... así se debería ver rápidamente qué está torcido... yo hubiera dicho que la parte delantera está enyesada más gruesa... pero eso sería un poco extremo...
En la imagen 2, toda la abertura está un poco justita... el fabricante de ventanas debería haberse cuidado más al medir. ¿Has medido la abertura? ¿Qué dice el plano (qué ancho)? ¿O acaso el picaporte también va a rozar contra la pared???
Lamentablemente no medí en el lugar. Sin embargo, acabo de ver que la puerta se abre hacia afuera en los planos y no hacia adentro :-) Aparte de eso, en los planos hay suficiente espacio. (ver adjunto) - gracias también por la indicación.