¿Es necesaria la inclusión de la autoridad de conservación de la naturaleza en una consulta previa de construcción?

  • Erstellt am 12.04.2024 20:33:13

Lef47671

12.04.2024 20:33:13
  • #1
Hola a todos,
a mediados de febrero presenté una consulta previa de construcción en la oficina del distrito correspondiente.

El terreno que quiero construir está en 2/3 dentro del área interior no planificada y en 1/3 en el área exterior. Esto lo aclaré previamente con los empleados del ayuntamiento.
Presenté la consulta previa de construcción porque quiero saber antes si se permite construir una vivienda (tal como la imagino) en el terreno, ya que debe integrarse en la construcción circundante.

Ayer, después de 2 meses, pregunté por correo electrónico en la oficina del distrito cuál es el estado de mi consulta y cuándo podría esperar una respuesta aproximadamente.
Como respuesta, me dijeron que en principio no pueden dar una declaración sobre la duración, lo cual ya me esperaba y entiendo.
Además, llegó por correo electrónico la indicación de que las consultas previas para proyectos de construcción en el área exterior, como en mi caso, pueden tardar más tiempo porque debe incluirse la autoridad de protección ambiental. De esta autoridad depende finalmente la decisión.

Se me plantean las siguientes preguntas:

a) ¿Puede la oficina del distrito simplemente "decidir" que el proyecto de construcción está en el área exterior? Varias veces aclaré con el ayuntamiento, consultando el plan de uso del suelo, desde dónde hasta dónde se extiende el área interior no planificada. En los planos presentados, la casa está, por supuesto, dibujada solo en el área interior.

b) ¿Es siquiera necesario/habitual/legal que la autoridad de protección ambiental tenga voz en proyectos de construcción dentro del área interior? Si dejo claro a los empleados responsables de la oficina del distrito que no se trata del área exterior, espero que se pueda evitar incluir a la autoridad de protección ambiental.

Me gustaría mucho recibir retroalimentación.

Saludos
 

11ant

12.04.2024 21:07:05
  • #2

Pero no tanto como para ilustrar también la situación...
 

Lef47671

12.04.2024 21:14:22
  • #3
Hola,

Desafortunadamente no he recibido un plan de uso del suelo, sino solo la posibilidad de consultarlo en el ayuntamiento.
Para aclarar mis preguntas, probablemente no sean necesarias imágenes del plan. El terreno está en 2/3 en área urbana y la casa también está completamente ubicada en área urbana.
Saludos
 

ypg

12.04.2024 22:19:14
  • #4

Ese no se recibe, se consulta. La mayoría está disponible en línea de todos modos.

Por cierto, el plano de ubicación se encarga en la oficina de catastro.



Para aclararlo de una vez, antes de que lo repitas varias veces: No se le explica al ayuntamiento o a la oficina cómo está la situación pública. ¡Ellos te lo dejan claro a ti! Y tampoco se aclara nada, ¡sino que ellos te informan!
Y aunque haya algunos inútiles en las autoridades (que los hay en todas partes), se puede suponer que saben lo que están haciendo.

No, por supuesto que no. Eso está claro. En color en el plan de uso del suelo.

¡Exacto!

Sí, si así lo establece la ley de construcción, entonces es legal porque es ley.

Claro que sí. Naturalmente aclara un poco mejor el asunto. Porque seamos sinceros: el pronóstico es bastante malo si un tercio está en el interior no planificado, es decir, en una zona 34, dos tercios están en área rural, y además se entrega un dibujo amateur donde basta cometer un solo error para recibir un rechazo.
Llego al punto de ampliar mi pregunta del año pasado con la solicitud previa de construcción. Apuesto a que no se tuvieron en cuenta varias reglas.
PD. ¡Lee la Ley de Construcción!
 

Schorsch_baut

12.04.2024 22:24:54
  • #5
¿En qué se basa para determinar lo que está dentro del área interior? ¿Alineaciones de edificios?
 

Rübe1

13.04.2024 07:44:17
  • #6
Como no se permite publicar enlaces, hay un buen estudio del servicio científico del Bundestag sobre este tema. busca en google "§§ 34 und 35 Baugesetzbuch – Grundzüge, Inhalt, Vergleich und Abgrenzung" Si has leído y comprendido estas 16 páginas, seguido todas las referencias cruzadas, luego busca un poco sobre derecho constitucional, especialmente el Art. 28 (2) GG y las disposiciones posteriores. después continúa con las respectivas constituciones estatales, entonces llegarás a la conclusión: sí, la autoridad puede...
 

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