¿Aumentar la altura del muro de rodilla - superar la altura del alero?

  • Erstellt am 20.10.2019 10:49:04

ypg

21.10.2019 22:57:24
  • #1


Yo creo que vuestro vestidor es lo que más espacio desperdicia.
¿Qué tenéis ahí? Aproximadamente 7 m² para un armario de 2 metros. Genial...

La bañera también cabe bien bajo la inclinación del techo.

Yo tampoco tendría ganas de hacer cálculos, para eso vuestro arquitecto cobra.
Pero la pendiente del techo podría ser, por ejemplo, menor si el muro de arranque fuera un poco más alto.
De todos modos ya hubo consejos: yo también siempre valoraría poner el armario de unos 1,50 metros de profundidad bajo la inclinación.
A los dormitorios infantiles también les viene bien la inclinación.
Vuestro problema también son las buhardillas; éstas hacen que la planta superior roce con el piso completo, ¿verdad?
En caso necesario, construir algo más grande abajo.
 

11ant

21.10.2019 23:59:52
  • #2
Eso debería ser así, ya que es probablemente más fácil obtener la excepción para la altura del alero que además una para la altura de la cumbrera.
 

LotteBerlin

22.10.2019 09:17:21
  • #3


La información la recibí directamente en el lugar, durante la consulta del departamento de urbanismo, tanto de forma oral como posteriormente por escrito vía correo electrónico.
Esto es lo que se dice sobre el terreno delantero:

"El terreno mencionado se encuentra, según las delimitaciones del plan de uso del suelo
en la versión del 28.12.1960, que aquí se aplica junto con las
normas urbanísticas de la ordenanza de construcción de Berlín (Ordenanza de construcción Berlín) de
1958, el plan de desarrollo urbanístico XIV-A de 1971 y las líneas oficiales
(f. f.) de alineación de calles y construcción, como un plan de desarrollo urbanístico
transferido (calificado),
en la 'zona residencial general' conforme al § 7 Nº 8
de la Ordenanza de construcción Berlín de 1958. La intensidad del uso es la etapa constructiva II/2:
Coeficiente de ocupación del suelo (Coeficiente de ocupación del suelo): 0,2; coeficiente de edificabilidad (coeficiente de edificabilidad): 0,4 y
número de plantas completas: 2. La profundidad edificable es de 20,0 m,
medida a partir de la línea oficial de alineación de construcción. Se aplica una
forma constructiva abierta. Se debe mantener libre de construcción un
área de jardín delantero de 6,0 m de profundidad medida desde la línea oficial de alineación de la calle."

Las alturas de los pisos previstas en nuestra planificación son de 2,75 m en obra gruesa, por lo que deberíamos acabar en alrededor de 2,52 m.

La planificación es de un contratista general, por lo que hasta ahora no hemos visto a ningún arquitecto y si no hubiéramos tenido estas condiciones desde el principio, probablemente todo esto nos habría complicado la solicitud de licencia de construcción.

La edificación trasera en el entorno está caracterizada por techos a cuatro aguas cortos y techos a dos aguas normales. La fila delantera ofrece prácticamente todo lo que el corazón desea: techos a dos aguas, edificios multifamiliares (entre ellos justo al lado), bungalows, etc.

Hoy volveré a ir a la consulta para informarme con más detalle.
 

LotteBerlin

22.10.2019 15:58:51
  • #4
Así que la consulta fue bastante desalentadora. En cuanto a la altura del alero, no hay margen de maniobra. Además, esta se mide en el centro del terreno. Esto significa que si en el lugar real de construcción en la parcela hubiera un hundimiento, la casa sería más baja, pero aún así no debería superar los 4m de altura del alero. Que alguien me explique eso. Además, una buhardilla solo está permitida con un techo a un agua y retranqueada; un frontón y buhardilla juntos, tal como está planeado actualmente, serían rechazados porque resultaría en un nivel completo, aunque en estas áreas no haya zonas habitables. Según la normativa de construcción aplicable, esto se calcula de manera diferente a esa cuestión del 2/3. Su sugerencia fue ahora otra forma de techo, como por ejemplo a cuatro aguas o mansarda. No tengo idea de en qué medida un techo a cuatro aguas o a cuatro aguas de media altura modificaría el alero. Mansarda máximo 60°. El problema es que ninguna de las dos opciones nos gusta estéticamente en absoluto. Ahora tenemos que ver qué hacemos con esto. Si conseguimos arañar unos centímetros más en el alero o nos conformamos con los 75 cm.
 

11ant

22.10.2019 16:23:48
  • #5

Considero exagerada la exigencia del techo a dos aguas, es decir, el techo plano sobre el baño me parece aceptable. Probablemente sea menos cuestionable que la estructura del techo opuesta no tenga una dirección de cumbrera diferente. En general, la diferencia entre buhardillas y tejados transversales (que las buhardillas se repliegan desde la pared lateral) implica que las buhardillas tienen poco sentido con muros bajos bajo el techo, ya que entonces no pueden apoyarse en ningún muro bajo. Encuentro contradictoria la propuesta del techo mansarda – a pesar de que me alegra que esta forma de techo no esté completamente olvidada – porque con ella (incluso en la versión de cuatro aguas completa) es cada vez más probable que se genere un piso completo. Por otro lado: ¿cómo se concilia la crítica al piso completo con el hecho de que aquí, por otro lado, se permitió un segundo piso completo?
 

kaho674

22.10.2019 17:56:57
  • #6
Me uno a 11ant: Eso es lo que más me confunde:

¿Es un error tipográfico? ¿Y cómo puede un techo mansardo o a cuatro aguas ayudar contra la planta baja única? ¡Eso es una tontería!

Además, ¿cómo llegas a los 75 cm de altura de rodilla? ¿No puedes enterrar completamente la placa de suelo? Yo estaría más bien en (2,65 m de altura de la habitación + 25 cm de techo = 2,90 m de altura de la planta = 4 m - 2,90 m = 1,10 m de altura de rodilla).

En caso de duda, probablemente también sería posible cambiar algo menos de ancho de la casa por mayor profundidad. Eso permitiría colocar más fácilmente un zócalo a la altura deseada frente a la pared exterior. Además, mejoraría la situación del vestidor-baño, que ahora es un lío total.
 

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