En la construcción existente, ¿eso no importa en absoluto, verdad?
Depende. En una verdadera rehabilitación integral, posiblemente con cambio de la clase del edificio o creación de nuevas viviendas, se debe cumplir con el código de construcción para las viviendas resultantes.
En el caso que conozco, se trata del granero de una finca con habitaciones parcialmente incorporadas después de 1945. Los nuevos espacios (rehabilitación del granero y del establo) deben cumplir obligatoriamente con el código de construcción regional. Los apartamentos en el área de las antiguas habitaciones residenciales y de trabajo también deberían cumplirlo, pero aquí existen restricciones por parte de la oficina de patrimonio y por eso deben ponerse de acuerdo dos autoridades sobre si se puede violar el código de construcción regional o las condiciones del patrimonio (generalmente suele haber una excepción en el código de construcción regional).
Como aquí no se trata de un monumento, la cuestión es qué ocurrió durante la rehabilitación. Si se creó un nuevo espacio habitable (por ejemplo, mediante la conversión de antiguos espacios de trabajo), estos deben cumplir con el código de construcción regional. Si las habitaciones tenían antes de la rehabilitación una altura de 2,3 m y después ya no, también podría considerarse crítico.
¡Pero(!), esto es principalmente interesante para un alquiler, si puedo contabilizar los m2 como superficie oficial habitable. En una vivienda de uso propio, en caso de duda, sólo te molesta a ti mismo. Bueno, en la compra o reventa la superficie habitable debe indicarse correctamente y, en su caso, influiría en el "valor" nominal de la casa. Pero no se debe confundir esto con el valor que tiene para el residente/comprador.