Juicy1990
20.03.2021 12:02:04
- #1
Hola a todos,
aunque corra el riesgo de que el tema no encaje realmente en el ámbito de la financiación de la construcción, me gustaría plantear aquí una pregunta.
En sentido amplio, al menos tiene algo que ver con los costes ;-)
Se trata del impuesto sobre donaciones al adquirir el terreno.
Tenemos la posibilidad de comprar un terreno de 650 m² por 155 € por debajo del valor catastral más recientemente determinado, sobre el que construiremos una casa unifamiliar.
No existe una relación de parentesco cercana.
La diferencia con el valor catastral es, por lo tanto, inicialmente de unos 100.000 €. Por ley, existe una exención de 20.000 € por persona (estamos casados y ambos apareceremos en la escritura).
Por lo tanto, quedan 60.000 € sobre los que, teóricamente, se aplicaría un tipo impositivo del 30% correspondiente a la clase III de impuesto sobre donaciones. Eso son casi 18.000 €, y por lo tanto una buena suma de dinero.
Ahora bien, he leído en ocasiones en el ámbito inmobiliario que el tipo de uso es decisivo.
Así, en el uso propio normalmente no se paga impuesto sobre donaciones. Sin embargo, no encuentro nada concreto al respecto, especialmente en relación con terrenos.
También he hablado con un notario local y un asesor fiscal.
El notario ni siquiera pudo dar una respuesta y el asesor fiscal me recitó las clases impositivas y exenciones del [StGb].
Pero eso ya lo sabía tras cinco minutos de investigación en Google.
Por eso me gustaría aprovechar el conocimiento colectivo aquí en el foro.
¿Cómo trata la Hacienda esto? ¿Se paga el impuesto en su totalidad? ¿Hay posibilidades de reducir la cantidad?
Muchas gracias de antemano por vuestros comentarios.
Si falta alguna información, la añadiré con gusto.
¡Saludos!
aunque corra el riesgo de que el tema no encaje realmente en el ámbito de la financiación de la construcción, me gustaría plantear aquí una pregunta.
En sentido amplio, al menos tiene algo que ver con los costes ;-)
Se trata del impuesto sobre donaciones al adquirir el terreno.
Tenemos la posibilidad de comprar un terreno de 650 m² por 155 € por debajo del valor catastral más recientemente determinado, sobre el que construiremos una casa unifamiliar.
No existe una relación de parentesco cercana.
La diferencia con el valor catastral es, por lo tanto, inicialmente de unos 100.000 €. Por ley, existe una exención de 20.000 € por persona (estamos casados y ambos apareceremos en la escritura).
Por lo tanto, quedan 60.000 € sobre los que, teóricamente, se aplicaría un tipo impositivo del 30% correspondiente a la clase III de impuesto sobre donaciones. Eso son casi 18.000 €, y por lo tanto una buena suma de dinero.
Ahora bien, he leído en ocasiones en el ámbito inmobiliario que el tipo de uso es decisivo.
Así, en el uso propio normalmente no se paga impuesto sobre donaciones. Sin embargo, no encuentro nada concreto al respecto, especialmente en relación con terrenos.
También he hablado con un notario local y un asesor fiscal.
El notario ni siquiera pudo dar una respuesta y el asesor fiscal me recitó las clases impositivas y exenciones del [StGb].
Pero eso ya lo sabía tras cinco minutos de investigación en Google.
Por eso me gustaría aprovechar el conocimiento colectivo aquí en el foro.
¿Cómo trata la Hacienda esto? ¿Se paga el impuesto en su totalidad? ¿Hay posibilidades de reducir la cantidad?
Muchas gracias de antemano por vuestros comentarios.
Si falta alguna información, la añadiré con gusto.
¡Saludos!