En nuestra familia también hubo un caso similar, o mejor dicho, tengo incluso dos en mente. En general se resolvió con "determinar el valor, pagar a las otras partes". Que yo sepa, todo está legalmente establecido y regulado ante notario. Según tengo entendido, para el pago también se tomó un crédito sobre la casa (no recuerdo si tomaron más para algunas medidas de renovación). Del segundo caso no conozco todas las regulaciones, pero sé que no se tomó un crédito bancario allí, sino que se estableció contractualmente que la "suma de pago" se amortizaría con el tiempo. (Al final, supongo que eso es una especie de contrato privado de préstamo con la persona a la que se debe pagar). No conozco los detalles exactos aquí.
Por lo demás, respecto a la renovación: Según la [Gebäudeenergiegesetz] existen ciertas obligaciones de renovación en caso de cambio de propietario para alcanzar un estándar mínimo. Que yo sepa, también son aplicables si se hereda o se vende/regala dentro de la familia. Hay quienes dicen "si de todas formas tenemos que hacerlo, hagámoslo bien", pero claro que también se puede intentar cubrir solo lo "mínimo indispensable". Yo en su lugar leería al respecto y/o buscaría asesoramiento para saber qué mínimo les correspondería.