Finalmente aprobación de financiamiento y segunda oferta

  • Erstellt am 15.06.2018 19:33:09

HilfeHilfe

17.06.2018 07:08:52
  • #1
No sé cuáles son tus conocimientos, pero se aplica la amortización mínima. Todo lo demás es irresponsable y no le recomendaría eso a nadie. ¿Debe el prestatario pagar durante 45 años con este nivel de interés? Si aparentemente te ocupas tan intensamente del tema, también sabes que la amortización especial casi no se utiliza en los nuevos negocios y solo de forma desproporcionada en contratos antiguos.
 

Kekse

17.06.2018 08:48:55
  • #2
Él no habla de amortización anticipada sino de ahorrar en un contrato de ahorro para vivienda. Regularmente, planificado. Con una orden permanente/mandato de domiciliación. El dinero para eso debe provenir de algún lugar, en este caso de la cuota que de otro modo se pagaría. Y de hecho, en el caso de la Ing-Diba es así, que aceptan una amortización del 1%, por lo que la estructura es posible. Si también es sensato, es otra cuestión que no deseo juzgar ahora.
 

Rumpelkopf

17.06.2018 10:47:15
  • #3
Solo quería sugerir en la publicación anterior que se considere elegir un préstamo con cuota constante (Annuitätendarlehen) con, por ejemplo, un 1% de amortización directa y, si es necesario, paralelamente y sin obligación (ya que el contrato de ahorro de construcción [Bausparvertrag] no sería un componente fijo de la financiación), asegurar la financiación de seguimiento mediante capitales de amortización especiales y otros pagos mensuales de amortización a través de un contrato de ahorro de construcción. Esto justifica un periodo de fijación de intereses de 10, 12 o 15 años, que en comparación con 20 o 25 años justifica un ahorro en intereses.

Si ahora [HilfeHilfe] dice que eso es una tontería porque los bancos desean un mínimo del 2% de amortización, esa afirmación es más una tontería que una idea sobre el préstamo con cuota constante con acumulación paralela de un contrato de ahorro de construcción y, si ya elijo una amortización mayor y constante, como consumidor debo asegurarme también de tener opciones para cambiar el tipo de amortización, porque en caso de aumento de los intereses sería fatal que mi capital amortizable se amortizara al 1,78%, mientras que posiblemente en inversiones se podrían obtener, por ejemplo, un 2,3% de interés fijo. Aún no quiero suponer más aumentos o mayores subidas de los tipos de interés, pero 20 años es mucho tiempo y no sé si realmente quiero amortizar siempre un 3% fijo (inicialmente sobre la deuda original) sin opción de cambio en el tipo de amortización... Esto solo como una reflexión adicional, que es válida, ya que se elige una seguridad a largo plazo porque se espera un aumento de los intereses; pienso que uno debería también aplicar este pensamiento al dinero destinado a la amortización y la solución de cuota constante con amortización baja junto con la idea del contrato de ahorro de construcción sería una solución flexible en la que siempre podría reaccionar y actuar, manteniéndome así señor de mis finanzas.

No me pareció bien dejar argumentos falsos como contraargumento, por eso también intercedí brevemente con otra publicación sobre la acusación de tontería de [HilfeHilfe], para que no se desechen buenas ideas falsas, al menos para no anular el enfoque de la idea.
 

Rumpelkopf

17.06.2018 12:28:14
  • #4


Si uno asegura la tasa de interés para toda la duración, o la aseguraría, desde mi punto de vista también sería aceptable que futuros propietarios de inmuebles eligieran un tiempo de amortización largo, tanto como fuera necesario, aunque en combinaciones con contratos de ahorro para vivienda no sería posible 45 años, y justamente estos solo los he considerado de pasada.

Por supuesto, debería amortizarse rápido, pero más bien cuando al final del periodo de fijación del interés exista un alto riesgo residual sobre la deuda restante y, sobre todo, con el conocimiento de cómo la amortización se utiliza de la manera más flexible y sensata. Si no existe este riesgo de interés o es solo muy bajo y manejable, desde mi perspectiva un joven de 25 años, por ejemplo, también podría despejar su inmueble en 42 años, siempre que lo considere sensato y acorde con su planificación de vida y sus finanzas.

Comprar propiedad solo cuando uno se haya despejado dentro de un cierto plazo (¿quién lo establece realmente y dónde se puede consultar?) solo tiene sentido para mí si dicho plazo es el inicio de la jubilación. Pero si alguien decide, con conocimiento de la pensión que va a recibir, aceptar una deuda residual al inicio de la jubilación para seguir pagándola con una carga mensual moderada, puede parecer extraño, pero también es concebible.
 

HilfeHilfe

17.06.2018 13:43:05
  • #5
No veo sentido en ahorrar un contrato de construcción con casi 400k. Prefiero tomar ese dinero y amortizar. Todo lo demás tendría que ser calculado por alguien para ver si vale la pena. En general, me opongo.
 

Rumpelkopf

17.06.2018 13:50:43
  • #6
Tú contrarrestas pauschal, ok.

Fue una idea, los argumentos contra la generalización no convencerán.

Creo que aquí debes tener razón y otros se informarán, compararán y calcularán.
 

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