Escroda
05.05.2020 09:18:38
- #1
¿Te refieres a los 10 m del plan de ordenación? ¿Quieres que se tengan en cuenta ahora o no?Temo que no se hayan respetado las distancias a la calle a la izquierda
§31 del Código de Construcción. En realidad no aplicable, ya que la designación del SO IMHO es un rasgo fundamental de la planificación. Además se subraya con la mayor cantidad de plantas allí. He revisado el entorno con más detalle. El parque infantil tampoco está donde debería estar. Y la empresa de construcción modular está en zona WA. La anulación completa del plan de ordenación es en realidad lo más lógico, ya que por la casi completa edificación están excluidas las catástrofes urbanísticas según el §34 del Código de Construcción.¿Qué idea no del todo sólida tienes en mente?
Si "ellos" son amigables con los ciudadanos, está bien. Una asesoría tan detallada en realidad no es tarea de la autoridad. Por eso sería más recomendable acudir a un arquitecto. Un promotor cerraría la ventana en la ampliación, desmontaría la terraza en la azotea, pondría un SATE encima para conseguir una línea recta con la casa principal, trazado recto de la frontera, a 7,5 m paralelos otra frontera y pondría dos casas adosadas. Un inversor construiría viviendas plurifamiliares con 6 unidades habitacionales.Por eso me gustaría hablar con la autoridad de supervisión de la construcción