¿Y se aplica siempre la altura del alero, sin importar si se construye de una o dos plantas?
Sí, a menos que el plan de ordenación estipule expresamente otra cosa, lo cual no es el caso en tu situación.
En una zona edificable vecina
... no vale la pena comparar, ya que allí rige otro plan de ordenación.
Entonces, si los 3,50 m de altura del alero fueran fijos
Sí, lo son. Pero ni siquiera sabía que en Baja Sajonia hay parcelas en pendiente . Un arquitecto creativo o algunos de los participantes activos en este foro podrían quizás crear algo parecido a una villa urbana con un sótano. Para eso se necesita un plano de situación del terreno con límites exactos, líneas de construcción y, sobre todo, alturas, incluyendo las alturas planeadas de las calles.
También estoy de acuerdo con lo de la forma del tejado
Yo también.
pero no estoy seguro
Yo tampoco. Pregunta en el ayuntamiento cómo lo ven ellos.
si siquiera encaja geométricamente
No tiene por qué. Son todas disposiciones máximas.
Porque ¿cómo puedo alcanzar 8,50 m de altura total con 3,50 m de altura del alero y una inclinación máxima del tejado de 35°?
Con un tejado a una sola agua la altura se alcanza fácilmente.