Climbee
27.12.2018 09:04:52
- #1
No me queda muy claro, como al elefante, si aquí existe un plan de ordenación o si se puede insertar según el §34.
Con el §34 pueden ponerse en pie de guerra y las probabilidades de salir adelante no son malas. Lo único restrictivo aquí son las zonas de distancia. Insertar no significa necesariamente que tengan que hacer el mismo estilo que la edificación circundante, sino que la forma de la construcción debe integrarse.
Así que difícilmente podrán poner un edificio de varios pisos con muchas viviendas en una zona con casas unifamiliares, ni un edificio comercial en una zona residencial, etc.
Muchos concejales municipales no son conscientes de esto; fracasan por desconocimiento y están convencidos de que insertar significa que la casa nueva debe parecerse a las de alrededor. Pero esto no es cierto.
Si tienen suficiente espacio y las zonas de distancia prescritas lo permiten, en mi opinión no hay inconveniente en construir una casa unifamiliar con una alzada de 2 m. Aunque al concejo le gustaría que fuera al estilo rural suabo o lo que ellos se imaginan (muy a menudo dos cosas diferentes...).
En ese caso mi buen consejo: busquen un arquitecto competente y pasen por la autoridad superior de construcción (normalmente el LRA). El arquitecto debería tener conexiones con esa misma autoridad y estar dispuesto a defender la solicitud de construcción. Se puede conseguir mucho más de lo que un concejal municipal imagina en sus sueños más atrevidos (alpinos) y aun así mantenerse dentro de los límites del §34.
Por supuesto, la situación es diferente si hay un plan de ordenación vigente. Ahí están mucho más restringidos y las especificaciones sobre alzada, forma del tejado, etc., son vinculantes.
200 m² en planta baja es factible, pero requiere una buena planificación y reflexión. Posiblemente como bungalow en forma de L o con áreas desplazadas. Hay muchas opciones interesantes y bellas. Por lo general, un bungalow resulta más caro que los mismos metros cuadrados distribuidos en dos plantas.
Si se puede prescindir de las pendientes del techo, yo siempre lo haría. La comodidad se puede alcanzar de otra manera y no hay que limitarse tanto en la decoración.
Con el §34 pueden ponerse en pie de guerra y las probabilidades de salir adelante no son malas. Lo único restrictivo aquí son las zonas de distancia. Insertar no significa necesariamente que tengan que hacer el mismo estilo que la edificación circundante, sino que la forma de la construcción debe integrarse.
Así que difícilmente podrán poner un edificio de varios pisos con muchas viviendas en una zona con casas unifamiliares, ni un edificio comercial en una zona residencial, etc.
Muchos concejales municipales no son conscientes de esto; fracasan por desconocimiento y están convencidos de que insertar significa que la casa nueva debe parecerse a las de alrededor. Pero esto no es cierto.
Si tienen suficiente espacio y las zonas de distancia prescritas lo permiten, en mi opinión no hay inconveniente en construir una casa unifamiliar con una alzada de 2 m. Aunque al concejo le gustaría que fuera al estilo rural suabo o lo que ellos se imaginan (muy a menudo dos cosas diferentes...).
En ese caso mi buen consejo: busquen un arquitecto competente y pasen por la autoridad superior de construcción (normalmente el LRA). El arquitecto debería tener conexiones con esa misma autoridad y estar dispuesto a defender la solicitud de construcción. Se puede conseguir mucho más de lo que un concejal municipal imagina en sus sueños más atrevidos (alpinos) y aun así mantenerse dentro de los límites del §34.
Por supuesto, la situación es diferente si hay un plan de ordenación vigente. Ahí están mucho más restringidos y las especificaciones sobre alzada, forma del tejado, etc., son vinculantes.
200 m² en planta baja es factible, pero requiere una buena planificación y reflexión. Posiblemente como bungalow en forma de L o con áreas desplazadas. Hay muchas opciones interesantes y bellas. Por lo general, un bungalow resulta más caro que los mismos metros cuadrados distribuidos en dos plantas.
Si se puede prescindir de las pendientes del techo, yo siempre lo haría. La comodidad se puede alcanzar de otra manera y no hay que limitarse tanto en la decoración.