Guido1980
18.02.2019 08:42:13
- #1
Tengo una pregunta sobre el borrador del contrato de compraventa de mi terreno. Y en efecto, bajo las "disposiciones especiales" aparece la siguiente cláusula:
"Párrafo 13
El comprador se compromete a edificar en el terreno una vivienda lista para habitar antes del 31.12.2022. Si la vivienda no es construida por el comprador dentro del plazo acordado, la ... o el municipio ... tienen el derecho de adquirir el terreno a expensas del comprador.
El impuesto sobre la adquisición de inmuebles generado por esta transferencia legal para la ... o el municipio ... debe ser reembolsado inmediatamente por el comprador. El comprador se compromete, en caso de una posible retransmisión, a transferir el terreno libre de cargas a la ... o al municipio .... En este caso, el comprador recibirá el precio de compra abonado sin ajuste por intereses de la ... o del municipio ... inmediatamente después de la inscripción en el registro de la propiedad. Los posibles costos generados por la retransmisión correrán por cuenta del comprador. Las reclamaciones de la vendedora contra el comprador, en la medida en que se deriven de este contrato en este caso, pueden compensarse.
Para garantizar la reclamación condicional de la ... o del municipio ... a la transmisión según el §13 párrafo 1 de este contrato, el comprador ya concede y solicita ahora la inscripción de una anotación preventiva condicional en favor de la ... o del municipio ... en el registro de la propiedad para asegurar la obligación de entrega.
Este derecho queda supeditado a la prelación de las cargas hipotecarias que se inscriban con fines de financiación del proyecto de construcción planeado hasta un monto de .......... € <- Nota: campo de texto libre hasta un 20 % de interés anual desde el día de constitución del derecho real de garantía y un 10 % por prestaciones accesorias únicas. No es necesario demostrar la finalidad ante el registro de la propiedad, pero sí ante la ...
Se concede y solicita la inscripción de la reserva de prelación en la anotación preventiva de transmisión en el registro de la propiedad.
La ... o el municipio ... se comprometen a cancelar la anotación preventiva de retransmisión a solicitud del comprador cuando se haya cumplido la obligación de construcción. Los costos de la cancelación correrán por cuenta del comprador.
Con la correspondiente declaración y presentación de solicitud, la ... o el municipio ... están autorizados, al presentar la solicitud, junto con el notario en funciones. El comprador renuncia así a una presentación unilateral de la solicitud."
El objetivo, por supuesto, es adquirir la casa para construir una vivienda para uso propio en el terreno.
Hasta donde entiendo la cláusula, no se puede obligar a mudarse inmediatamente después de finalizar la construcción, ¿no? Porque en el folleto informativo estaba indicado algo diferente.
Sin embargo, me pregunto muy bien qué consecuencias concretas tendría si, contra todo pronóstico y sin preverlo, me encuentro en una situación que me impide comenzar la construcción.
Si el terreno costara 100.000 €, tendría que pagar el impuesto sobre la adquisición de inmuebles dos veces, una vez en la compra y otra en la retransmisión al municipio. Por tanto, serían costos de 2 x 5.000 € = 10.000 €.
El precio de reembolso sería de 100.000 € sin intereses, ¿correcto? Por lo tanto, tendría una pérdida de 10.000 €, si no hay otras reclamaciones a compensar, por ejemplo, porque no entregara el terreno libre de cargas. ¿O existen otros costos previstos?
Además, con la firma estaría de acuerdo en que se inscriba en el registro de la propiedad que el municipio tiene un "derecho de recompra" si no construyo en el terreno antes del 31.12.2022, ¿verdad?
No entiendo bien el párrafo sobre fines de financiación. ¿Qué significa eso y qué cantidad es adecuada para el campo de texto libre?
Por último, en el penúltimo párrafo dice que el comprador debe asumir los costos de la cancelación de la anotación preventiva de retransmisión en el registro de la propiedad. ¿Cuánto suelen ser esos costos?
¿Qué opinan en general de este párrafo? ¿Es habitual o contiene algo que sería mejor no firmar?
Muchas gracias de antemano por sus respuestas.
"Párrafo 13
El comprador se compromete a edificar en el terreno una vivienda lista para habitar antes del 31.12.2022. Si la vivienda no es construida por el comprador dentro del plazo acordado, la ... o el municipio ... tienen el derecho de adquirir el terreno a expensas del comprador.
El impuesto sobre la adquisición de inmuebles generado por esta transferencia legal para la ... o el municipio ... debe ser reembolsado inmediatamente por el comprador. El comprador se compromete, en caso de una posible retransmisión, a transferir el terreno libre de cargas a la ... o al municipio .... En este caso, el comprador recibirá el precio de compra abonado sin ajuste por intereses de la ... o del municipio ... inmediatamente después de la inscripción en el registro de la propiedad. Los posibles costos generados por la retransmisión correrán por cuenta del comprador. Las reclamaciones de la vendedora contra el comprador, en la medida en que se deriven de este contrato en este caso, pueden compensarse.
Para garantizar la reclamación condicional de la ... o del municipio ... a la transmisión según el §13 párrafo 1 de este contrato, el comprador ya concede y solicita ahora la inscripción de una anotación preventiva condicional en favor de la ... o del municipio ... en el registro de la propiedad para asegurar la obligación de entrega.
Este derecho queda supeditado a la prelación de las cargas hipotecarias que se inscriban con fines de financiación del proyecto de construcción planeado hasta un monto de .......... € <- Nota: campo de texto libre hasta un 20 % de interés anual desde el día de constitución del derecho real de garantía y un 10 % por prestaciones accesorias únicas. No es necesario demostrar la finalidad ante el registro de la propiedad, pero sí ante la ...
Se concede y solicita la inscripción de la reserva de prelación en la anotación preventiva de transmisión en el registro de la propiedad.
La ... o el municipio ... se comprometen a cancelar la anotación preventiva de retransmisión a solicitud del comprador cuando se haya cumplido la obligación de construcción. Los costos de la cancelación correrán por cuenta del comprador.
Con la correspondiente declaración y presentación de solicitud, la ... o el municipio ... están autorizados, al presentar la solicitud, junto con el notario en funciones. El comprador renuncia así a una presentación unilateral de la solicitud."
El objetivo, por supuesto, es adquirir la casa para construir una vivienda para uso propio en el terreno.
Hasta donde entiendo la cláusula, no se puede obligar a mudarse inmediatamente después de finalizar la construcción, ¿no? Porque en el folleto informativo estaba indicado algo diferente.
Sin embargo, me pregunto muy bien qué consecuencias concretas tendría si, contra todo pronóstico y sin preverlo, me encuentro en una situación que me impide comenzar la construcción.
Si el terreno costara 100.000 €, tendría que pagar el impuesto sobre la adquisición de inmuebles dos veces, una vez en la compra y otra en la retransmisión al municipio. Por tanto, serían costos de 2 x 5.000 € = 10.000 €.
El precio de reembolso sería de 100.000 € sin intereses, ¿correcto? Por lo tanto, tendría una pérdida de 10.000 €, si no hay otras reclamaciones a compensar, por ejemplo, porque no entregara el terreno libre de cargas. ¿O existen otros costos previstos?
Además, con la firma estaría de acuerdo en que se inscriba en el registro de la propiedad que el municipio tiene un "derecho de recompra" si no construyo en el terreno antes del 31.12.2022, ¿verdad?
No entiendo bien el párrafo sobre fines de financiación. ¿Qué significa eso y qué cantidad es adecuada para el campo de texto libre?
Por último, en el penúltimo párrafo dice que el comprador debe asumir los costos de la cancelación de la anotación preventiva de retransmisión en el registro de la propiedad. ¿Cuánto suelen ser esos costos?
¿Qué opinan en general de este párrafo? ¿Es habitual o contiene algo que sería mejor no firmar?
Muchas gracias de antemano por sus respuestas.