Kaspatoo
31.10.2018 15:11:06
- #1
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sí, aquí están permitidas vallas laterales hasta 2 m y hacia la calle solo de 1 a 1,5 m de altura (no sé la cifra exacta).
Un vecino ya denunció al otro en el ayuntamiento y ahora tiene una carta para la demolición.
El seto puede superar los 15 m, al igual que la valla, pero posiblemente la altura también esté regulada.
Los 15 m se refieren solo a la edificación en la lindera. Es decir, si te alejas 3 m, puedes llenar tu propiedad con casetas de jardín.
Si en los 25 m² cuenta el techo, ¿no consigues una altura de paso de 2,1 m difícilmente, verdad?
¿Qué dice tu albañil sobre la altura que pueden lograr respetando los 25 m²?
¿Cómo es esto en realidad, si uno:
- construye un garaje: 8 m de largo, 3 m de alto (=24 m²)
- pone un cobertizo de madera justo detrás del garaje (conexión inmediata).
- ¿se cuentan los 25 m² para esta nueva construcción o, por conexión directa, se suman a los otros 24 m²?
- en caso de sumarse: ¿cuánto "espacio" tendría que haber entre ambos edificios para que el cobertizo tenga su propia regla de 25 m²?
- en caso de no sumarse: si el cobertizo ahora está construido en mampostería, ¿sigue valiendo eso? -> Garaje y cobertizo como dos construcciones separadas, ambas por debajo de 25 m² cada una.
Definitivamente lo considero una zona gris.