Hemos construido en un terreno sin plan de desarrollo y según el § 34 del Código de Construcción en un conjunto antiguo y mixto. [...] Por lo tanto, mi principal objetivo es eliminar las desventajas puras derivadas del error de construcción. Luego puedo preguntar en la oficina de construcción qué dicen al respecto.
Puedes ahorrarte la visita a la oficina de construcción, siempre que tu edificio no se distinga masivamente de la construcción circundante. Para eso 20 cm de diferencia de altura no son suficientes. Claro que podría notarse durante la inspección final, pero apostaría a que exactamente eso no se notará ni le importará a nadie.
Para corregir el problema, aquí es mucho más interesante lo que se haya acordado con las empresas ejecutoras y, sobre todo, lo que pueda demostrarse por escrito.
¿No sería más inteligente primero preguntar a la oficina de construcción si lo que hay ahora está permitido?
En un área del §34 está permitido todo lo que hay en la vecindad inmediata. 20 cm son más bien irrelevantes, el problema comienza cuando, por ejemplo, se construyen tres pisos y los vecinos solo tienen dos. Sobre todo, ni siquiera está dicho que su casa sobrepase absolutamente las casas vecinas, y aunque lo hiciera por 20 cm, eso difícilmente llevaría a una revocación del permiso de construcción. Ese tendría que ser un caso extremadamente grave o tendría que haber una indicación clara de la oficina de construcción de que no se debe superar una altura máxima de cumbrera.
al final te pones de acuerdo por unos euros por las piedras y la oficina dice no, pero ya firmaste la renuncia para las piedras y los costos adicionales.
Si eso llegara a pasar, entonces se agarra a los pies del arquitecto y a las empresas constructoras
otra vez. Porque entonces ya no se trata de unas piedras, sino de una construcción no autorizable. Sin embargo, el propietario también estaría involucrado.
cambiar la altura en una casa terminada no estaría en una relación razonable y seguramente nadie lo hará.
A veces me pregunto ¿por qué escribo aquí? Cambiar la altura in situ es una práctica diaria, porque a veces es razonable y no contradice el permiso de construcción o el plan de desarrollo. Los propietarios de la obra por lo general ni siquiera se enteran.
queda la gran pregunta, ¿para qué se gastaron unos 500€ para el topógrafo en el replanteo? El resultado aquí es realmente muy triste.
¿Quién te dice que se cometió un error en el replanteo? Si en la obra se decide que la casa debe estar 20 cm más alta, el encargado (polier) ajusta el cero de obra en el nivelímetro 20 cm más alto y listo. El punto de referencia sigue siendo el replanteo correcto, solo que la ejecución es diferente.
Esto se hace en 5 segundos.
Por supuesto, puede deberse a un error, pero para saber de quién es la culpa hay que ver en detalle la planificación y los diferentes pasos de ejecución. Hay unas 10 fuentes de error, sin pensar mucho, solo una es el replanteo del topógrafo.
Empieza, por ejemplo, con una excavación insuficiente del terreno. Por eso el topógrafo normalmente no tiene culpa si llega antes y no se controla de nuevo tras la excavación, etc., etc.
Pero aquí no sospecho ningún error, sino un cambio intencional de la altura de construcción por parte de las empresas ejecutoras y/o del arquitecto. Puede que fuera incluso razonable, solo que no se consideró que así ya no habría correspondencia con la casa vecina.
Sucede, pero no se ve dramático aquí.
Saludos cordiales Dirk Grafe