¡Hola!
Un cambio/diferencia de altura así no puede reconocerlo un profano, mucho menos a simple vista. El defecto de hecho es difícil de cuantificar como tal, mientras no se presenten otras consecuencias de ordenamiento urbano (por ejemplo, superar una altura máxima absoluta del cumbrero, áreas de distancia, etc.), suponiendo por ahora que no ocurren.
Que las casas se desplacen en altura - por razones comprensibles - sucede a diario. Mientras sea dentro de las disposiciones del plan de ordenamiento, solo conlleva como máximo una solicitud de modificación de la licencia de construcción, normalmente es una formalidad. De hecho, ni siquiera se nota en la recepción de la obra si no hay una discrepancia evidente. 20 cm no son suficientes o alguien tendría que quejarse activamente o insistir en una revisión.
Mientras nadie (con derecho) lo haga y el agua útil y pluvial vaya al canal, no hay un defecto real.
Por lo tanto, lo que aquí (con reserva y sin conocer exactamente las disposiciones del plan de ordenamiento) probablemente pueda ocurrir como máximo, es una modificación posterior de la licencia de construcción en caso de no aprobación de la obra, así como los costos de la adaptación del pavimento, es decir, bordillos en L incluyendo la base, etc.
La prueba de que se construyó de forma diferente a la planeada puede ser presentada relativamente fácil y de hecho ya se ha hecho evidente a través de topógrafos o similares.
Aquí contrataría un abogado solo si la empresa encargada del pavimento se negara por escrito. Hasta entonces retendría los 10.000 € y solo los pagaría una vez que el pavimento esté corregido/aprobado y la recepción de la obra finalizada.
Desde mi punto de vista, la empresa puede hacer poco al respecto, ya que existe la prueba de que se construyó distinto a la solicitud de construcción y, por otro lado, es posible la adaptación del pavimento. Si no pasa nada a largo plazo, se deben establecer plazos porque eventualmente se puede contratar el servicio externamente y cubrirlo con la retención, pero eso solo con asesoría legal al menos.
Alternativamente, uno mismo puede ordenar la pavimentación y así tenerlo resuelto y luego pelear con la empresa constructora por cuánto se saca de los 10.000 €. Pero así el pavimento estaría terminado y solo queda discutir el dinero.
Saludos cordiales
Dirk Grafe