Placa de piso construida 20 cm demasiado alta

  • Erstellt am 10.04.2017 11:31:35

tomtom79

10.04.2017 22:37:46
  • #1

Como el error no era evidente de inmediato, no se considera automáticamente tolerado.
 

toxicmolotof

10.04.2017 22:43:56
  • #2
Bueno, en caso de duda debe decidir un tribunal. Si había una calle delimitada, se podrían haber reconocido 20 cm en su caso. Pero eso ahora no sirve de nada.

¿Entonces realmente errores o mala comunicación?
 

tomtom79

10.04.2017 22:46:16
  • #3
Solo se me ocurre la canción "20 cm nunca en la vida pequeño Peter"
 

DG

11.04.2017 09:47:01
  • #4
¡Hola!

Un cambio/diferencia de altura así no puede reconocerlo un profano, mucho menos a simple vista. El defecto de hecho es difícil de cuantificar como tal, mientras no se presenten otras consecuencias de ordenamiento urbano (por ejemplo, superar una altura máxima absoluta del cumbrero, áreas de distancia, etc.), suponiendo por ahora que no ocurren.

Que las casas se desplacen en altura - por razones comprensibles - sucede a diario. Mientras sea dentro de las disposiciones del plan de ordenamiento, solo conlleva como máximo una solicitud de modificación de la licencia de construcción, normalmente es una formalidad. De hecho, ni siquiera se nota en la recepción de la obra si no hay una discrepancia evidente. 20 cm no son suficientes o alguien tendría que quejarse activamente o insistir en una revisión.

Mientras nadie (con derecho) lo haga y el agua útil y pluvial vaya al canal, no hay un defecto real.

Por lo tanto, lo que aquí (con reserva y sin conocer exactamente las disposiciones del plan de ordenamiento) probablemente pueda ocurrir como máximo, es una modificación posterior de la licencia de construcción en caso de no aprobación de la obra, así como los costos de la adaptación del pavimento, es decir, bordillos en L incluyendo la base, etc.

La prueba de que se construyó de forma diferente a la planeada puede ser presentada relativamente fácil y de hecho ya se ha hecho evidente a través de topógrafos o similares.

Aquí contrataría un abogado solo si la empresa encargada del pavimento se negara por escrito. Hasta entonces retendría los 10.000 € y solo los pagaría una vez que el pavimento esté corregido/aprobado y la recepción de la obra finalizada.

Desde mi punto de vista, la empresa puede hacer poco al respecto, ya que existe la prueba de que se construyó distinto a la solicitud de construcción y, por otro lado, es posible la adaptación del pavimento. Si no pasa nada a largo plazo, se deben establecer plazos porque eventualmente se puede contratar el servicio externamente y cubrirlo con la retención, pero eso solo con asesoría legal al menos.

Alternativamente, uno mismo puede ordenar la pavimentación y así tenerlo resuelto y luego pelear con la empresa constructora por cuánto se saca de los 10.000 €. Pero así el pavimento estaría terminado y solo queda discutir el dinero.

Saludos cordiales
Dirk Grafe
 

11ant

11.04.2017 11:55:54
  • #5
Creo que tales descuidos del tipo "medida correcta en el lugar equivocado" (como por ejemplo confundir la cota de suelo bruto / suelo acabado) no son raros; en este caso supongo que la cara inferior de la losa de cimentación se hormigonó donde en realidad ya debería haber estado su cara superior. Probablemente sean bastante "clásicos". Igualar 20 cm en 8 m, lamentablemente, ya no se "disimula visualmente" tan fácilmente.
 

stixx

11.04.2017 13:19:38
  • #6
Está claramente indicado en el BA como el borde superior del suelo terminado. En su momento no medimos nosotros mismos la OKRD.

En la entrega de la casa, por supuesto, no teníamos la posibilidad técnica de medir "así de rápido" el borde superior del suelo terminado. Acabábamos de mudarnos y queremos rematar el pavimento mientras vivimos allí.

Las mediciones que hicimos posteriormente (ver apertura del hilo) son correctas y debemos partir de ellas aquí.

El defecto que ha surgido es ahora, por supuesto, la fuerte diferencia de altura en pocos metros. La promesa a corto plazo de la empresa de compensarlo por su cuenta no se ha cumplido en 4 meses, ya que nadie en la empresa se siente capaz de responderme.

Actualmente, por tanto, como describió Dirk Grafe, la situación es que retenemos el dinero y seguimos insistiendo en la solución de la diferencia de altura (trabajo y material adicional, costes adicionales de grava, las juntas no se hicieron lo suficientemente profundas, etc.).

Entonces, ¿entendí correctamente que solo me quedan pasos legales o retener los 10.000 € hasta entonces (que por cierto solo puedo transferir a una cuenta)?

Todo este asunto es realmente frustrante.
 

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