Arquitecto HOAI cláusulas contractuales adicionales - ¿Es esto común?

  • Erstellt am 16.10.2018 18:27:42

Pyrate

16.10.2018 18:27:42
  • #1
Hemos recibido de nuestro arquitecto un contrato de arquitecto con remuneración según HOAI. Este contrato contiene una cláusula que no terminamos de entender y respecto a la cual nos preguntamos si es habitual:

Servicios de cambio y adicionales

(1) El AG tiene derecho, bajo las condiciones legales, a ordenar cambios en el alcance del servicio contratado que impliquen una ampliación o repetición del contenido del servicio o de los servicios prestados y liberados, y está autorizado a ordenar cambios en el objetivo del servicio, en los objetivos contractuales o en el desarrollo del servicio, así como servicios adicionales.
El derecho de ordenación para servicios adicionales solo existe si la actividad comercial del AN está preparada para tales servicios y estos están relacionados de manera objetiva con la ejecución del contrato.
El AN está obligado, bajo las condiciones legales y bajo las condiciones del punto (3), a ejecutar dichos cambios de servicio, ampliaciones o servicios adicionales.

(2) Si el AG ordena un servicio de cambio o adicional según (1), el AN tiene derecho a una remuneración adicional. Para servicios de cambio o adicionales que conlleven un cambio en los costos imputables, la tarifa se ajusta sobre esa base sin necesidad de un acuerdo separado.
En caso de un servicio de cambio o adicional que represente una repetición de servicios básicos, el AN también tiene derecho a una remuneración adicional sin que se requiera un acuerdo escrito separado. En este caso, la remuneración adicional se calcula en base a los costos imputables de los servicios o medidas de cambio o complemento y del correspondiente servicio repetido.

Para otros servicios de cambio o adicionales (no repetición de servicios básicos y en particular servicios especiales ordenados), el AN también tiene derecho a una remuneración adicional. La facturación se realiza sobre la base del tiempo justificado según las siguientes

tarifas netas por hora:

• Contratista/Director XXX EUR

• Empleado (Ing. Dipl.) XXX EUR

• Otro empleado XXX EUR

(3) El AN está obligado a prestar los servicios modificados, complementarios o adicionales según el § 4.2 solo si el AG lo ordena por escrito y reconoce al menos de forma básica el derecho a la remuneración adicional. Esta última condición no aplica si las partes acuerdan mutuamente y por escrito una remuneración separada.


¿Es habitual una cláusula así o deberíamos tener cuidado? ¿Qué significa exactamente "servicio repetido"? Si no nos gusta un borrador o algo debe ajustarse, ¿entonces pagamos dos veces?

¡Gracias por vuestra ayuda!
 

ypg

16.10.2018 22:46:21
  • #2




Lo entiendo así: si ustedes como cliente no quieren un muro ya construido o quieren ampliar la casa un metro más, entonces el muro es demolido y se construye un nuevo muro (un metro más adelante). Esto sería un servicio de repetición y debe ser remunerado de nuevo al contratado.
No lo sé con certeza, solo lo deduzco.
 

Dr Hix

17.10.2018 00:42:28
  • #3
Repetir se refiere aquí a los servicios básicos de las fases individuales de servicio. Supongamos que él les crea un boceto (Fase de servicio 2), ustedes lo aprueban y en el curso de la planificación reciben la feliz noticia de que van a tener cuatrillizos. La casa no está preparada para tantos niños, así que le piden al arquitecto que replanifique en consecuencia. Para ello será necesaria una repetición de los servicios básicos ya prestados, que por supuesto querrá que se le paguen de nuevo.

Lo mismo se aplica a los "servicios especiales" como, por ejemplo, hacer un modelo de la casa o algo así (esto incluye todo lo que no está cubierto por los servicios básicos). Si pueden/deben ordenar esto, se facturará solo además del honorario acordado.

Yo tampoco soy alguien que firme contratos con arquitectos constantemente, pero el procedimiento debería ser generalmente habitual. Si hay que ponerlo por escrito por separado, no lo sé...
 

dertill

17.10.2018 08:05:49
  • #4
Al final, ahí solo dice que además de los servicios encargados, también podéis contratarle otros servicios y él no puede rechazarlos si normalmente los ofrece. Por ejemplo, si solo le habéis encargado las fases de servicio 1-4 y ahora queréis también las 5-6 de él, no puede decir que no. Por supuesto, eso debéis pagarlo aparte.

Y el servicio repetido solo se aplica a los servicios ya "prestados y APROBADOS". Él os prepara, por tanto, en mutuo acuerdo, probablemente en varios intentos, una planificación y en algún momento decís "Sí, esto está genial, así lo hacemos, por favor preparad la licitación" y luego se os ocurre que la cocina debe ir a otro sitio; entonces él tiene derecho a cobrar de nuevo de manera adecuada, es decir, según el esfuerzo.

No he visto tantos, pero hasta ahora en encargos de planificación para arquitectos que conozco, siempre había algo así. Al final, eso también es una garantía para vosotros, para que si no encargáis todas las fases de servicio desde el principio, no tengáis que buscar un arquitecto nuevo después porque el primero os resulta incómodo o demasiado meticuloso :).
 

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