Hola,
Hemos contratado a un arquitecto para planificar y supervisar la "reconstrucción". Según la primera opinión predominante, este proyecto solo tenía que notificarse. Espero haberlo expresado correctamente. Así que sin un largo procedimiento de aprobación, etc.
Eso depende, como has experimentado en carne propia, de la persona en la oficina de construcción que te asignen. Las afirmaciones generales al estilo de tu arquitecto chocan en este punto con la realidad.
El arquitecto lo notificó al ayuntamiento. Ahora aparece la persona del ayuntamiento. Según su declaración, los documentos de planificación de la casa se quemaron durante la guerra. Por lo tanto, estaría a su discreción decidir si ahora exige el programa completo para actualizar sus documentos. Duración del procedimiento hasta 3 meses. Texto literal del ayuntamiento.
Lo considero un "amago"; si no cambian las condiciones externas, su obligación de aprobación debería mantenerse limitada, siempre que se respete el estado más reciente de la técnica. Para esto último, todos los artesanos involucrados en la construcción y, no menos, tu arquitecto, son responsables.
¿Ahora quieren añadir 3 meses de espera solo para que él consiga lo que quiere? ¿No se puede argumentar que el bienestar de las personas está por delante? ¿La discrecionalidad no funciona en ambas direcciones?
Solo tienes una oportunidad: trátale como te gustaría que te trataran a ti. Si se empeña, puede durar aún más...
El siguiente problema es que hace años mi abuelo reformó la estructura del techo. Por supuesto sin permiso. Ahora la persona del ayuntamiento también ha señalado que, si se vuelve a reformar, primero debe aprobarse. En este caso, la casa se clasificaría en otra "clase de tipo" ?! Es decir, techos reforzados contra incendios. Y lo más increíble, la escalera que conecta todas las plantas no puede ser de madera. Pero lo es, y desde 1933.
¿De cuántas plantas estamos hablando?
¿No existe protección de derechos adquiridos? El gran problema en esta historia es que todavía estamos pagando la renovación tras la adquisición de la casa. No tenemos ahorros ni posibilidades de asumir otro crédito para financiar estos requisitos.
¿Dónde se fundaría esa "protección de derechos adquiridos" en la casa, si solo quedan escombros y cenizas? Por lo que describes, la escalera no pudo haber sobrevivido intacta al fuego. Más bien parece que lo más sensato sería derribar y reconstruir.
Eso significaría que tendríamos que vender la casa y el terreno y saldar el banco. ¿Recibiríamos entonces el dinero que el seguro debería haber pagado para la reparación? Para mí tendría sentido. Pero eso no significa nada :D
Incluso si vendieras el terreno junto con las ruinas, eso no cambia el caso de seguro existente; por supuesto, el seguro debe pagar.
Además, mencionas que también tienes problemas con el seguro, algo no inusual; cuando toca pagar, las aseguradoras suelen ponerse difíciles. ¿Está cubierto el daño por el seguro de contenido del hogar? Y si es así, ¿has considerado consultar a un abogado? Muchas veces es el único recurso.
Espero que alguien pueda darme consejos sobre cómo argumentar si fuera necesario. La resolución del ayuntamiento aún está pendiente y debería emitirse esta semana.
Tu arquitecto debería saberlo o poder gestionarlo a través de sus contactos en la administración. Tienes, por tonto que parezca, solo una oportunidad: ganarte el "buen favor" del funcionario encargado. No pocos de ellos son personas insignificantes en la vida real, y esa pequeña "posición de poder" es un buen equilibrio. A pesar de eso, no deberías expresar estas ideas en voz alta...
Busca en Google sentencias judiciales relacionadas con incendios + reconstrucción + oficina de construcción; quizás encuentres algo que pueda ayudar a tu arquitecto en la argumentación.
Saludos cordiales