Hola,
tengo una pregunta sobre esto. No necesito asesoramiento legal... solo quiero saber si lo entiendo bien. Me alegraría si alguien respondiera brevemente.
Resulta que he firmado un acuerdo especial sobre el derecho de desistimiento para el terreno.
Según el encargado, también puedo desistir si la financiación fracasa y por eso no puedo adquirir el terreno.
Yo mismo lo entiendo así. ¿Qué opinan ustedes?
Dice lo siguiente:
1. El contrato de vivienda celebrado entre las partes contratantes se celebra bajo la condición de que el constructor pueda adquirir un terreno que pueda ser edificado con la casa que se entrega y construye o con otra casa de Allkauf.
2. El constructor tiene el derecho conforme al § 346 del Código de Construcción de desistir del contrato de vivienda si no puede adquirir el terreno mediante contrato notarial a más tardar el 25.03.2016, a pesar de haber realizado los esfuerzos convenidos en el punto 1.