Incertidumbre sobre el drempel como normativa de construcción en el plan de desarrollo

  • Erstellt am 04.07.2021 14:01:31

Bitschieber

04.07.2021 14:01:31
  • #1
Hola a todos,

la zona de construcción en la que nos gustaría construir está ahora en la recta final (exposición pública, planificación para la urbanización y adjudicación aún este año). Motivo suficiente para que me ocupe un poco del plan de desarrollo.

Las normativas de construcción prevén, entre otras cosas, lo siguiente:



Mis preguntas al respecto:

En WA1 la situación me está clara hasta ahora, aquí es posible (no obligatorio) construir villas clásicas de ciudad con dos plantas completas. En la zona WA2 diría que se encontrarán las típicas casas unifamiliares de 1,5 plantas, es decir planta baja normal, primera planta con pendientes y luego un desván. La zona WA4 me resulta un poco confusa, o quizás no entiendo bien un término: aquí la altura del alero es igual a la zona WA2, sin embargo, la altura máxima permitida en el alero es 2 m menor (9 frente a 11 m). Por lo tanto, la inclinación del techo probablemente es más suave, véase 30 a 42° en comparación con 42 a 48° en WA2. ¿Indica eso que aquí sensatamente se podrían construir “solo” bungalows?

Mi problema de comprensión: la indicación del Drempel.

Según lo que he investigado, el Drempel es una especie de pared adelantada bajo el techo, algo así:

[IMG width="387px"]https://www.profiheimwerker.info/wp-content/uploads/2019/03/dg-verkleidung-drempel6-e1553690350536.jpg[/IMG]

En cambio, está el Kniestock que (según mi entendimiento) realmente significa más espacio. Aquí el techo no se apoya directamente sobre el suelo de la planta, sino sobre el Kniestock, que equivale a un muro elevado adicional sobre el suelo de la planta, algo así:



Si mi entendimiento es correcto en este punto, no entiendo de ninguna manera la razón por la cual un “Drempel” debería estar limitado en un plan de desarrollo. Porque al fin y al cabo, ¿cómo uso un espacio (en este caso “bajo el techo”) debería ser decisión mía? Si allí coloco una pared de construcción en seco (que por fuera en absoluto se nota, sino que más bien parece un mueble), porque, por ejemplo, quiero usar el espacio hueco (el Drempel) detrás como superficie de almacenamiento, ¿acaso eso le importa a la oficina de construcción?

Apéndice: aquí la descripción oficial del Drempel:

La altura máxima permitida del Drempel es de 80 cm. Se mide en la pared exterior entre el borde superior del suelo de la planta bajo techo y la parte inferior de las vigas del techo. (§84 párr. 3 núm. 1 Ordenanza de Construcción de Baja Sajonia)

Espero haber podido explicar mi confusión de forma bastante clara y espero vuestros comentarios.

Saludos cordiales
 

rdwlnts

04.07.2021 14:14:23
  • #2
En tu caso: Drempel = Kniestock. Puedes hacer muros secos por dentro tanto como quieras, pero no elevar el techo.
 

Bitschieber

04.07.2021 14:23:03
  • #3
Hola,

vale, eso significa que los 4 o 7 m que aquí se indican como altura del alero ya incluyen el Kniestock (o aquí denominado Drempel), ¿correcto?

Entonces, a mi otra pregunta:

¿Es entonces en absoluto posible construir "razonablemente" una casa unifamiliar con 1,5 pisos en el WA4 (altura máxima de la cumbrera 9 m) o no veis ningún problema o eso no haría ninguna diferencia para el primer piso superior, sino que simplemente resultaría en un desván más bajo o desaparecería por completo?

Saludos cordiales
 

Escroda

04.07.2021 14:46:04
  • #4

... coincide con el uso del término aquí en el foro. En la vida real, los términos se usan generalmente como sinónimos (véase Wikipedia).

Sí.

Sí, no veo problema.

Depende del tamaño que tenga la casa. En una casa con techo a dos aguas de 42° y pared de frontón de 10 m de ancho, no hace diferencia.
 

11ant

04.07.2021 14:46:53
  • #5
Que hayas entendido la diferencia entre Kniestock y Drempel me alegra. Tus encargados de planes de desarrollo prefieren seguir el lenguaje popular, que mezcla los términos. Y sí, el Kniestock está incluido en la altura de alero y te agradezco por concordar en que por eso no necesitaría una regulación individual. Finalmente no soy el "único" que lo comprende, pero lamentablemente ninguno de los dos hace planes de desarrollo ;-)
No veo la menor o mayor altura de cumbrera aquí como algo distinto a que corresponde con la menor inclinación del techo - si fue primero el huevo o la gallina, no lo vamos a aclarar ni necesitamos hacerlo. Se puede construir una casa ahí, y no tiene que ser un bungalow.
Personalmente encuentro mucho más interesante la pregunta de por qué en WA1 y WA3 se habla de "4 oder 7" metros de altura de alero. Sin explicación, para Krause (A-K) vale uno y para Schulze (L-Z) el otro *LOL* ¿o se refieren a las alturas de alero "valle" y "montaña" en una pendiente? - entonces debería decir "bzw." en mi opinión.
 

Bitschieber

04.07.2021 14:51:58
  • #6
No fui lo suficientemente detallado. Aquí se puede, pero no es obligatorio, construir de dos pisos.
 

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