entonces, si en mayo pedí una cocina y la pagué por adelantado (con un 19 % en la oferta, pero que se entregará en octubre), ¿puede ser que al final solo tengamos que pagar un 16 % de IVA?
La facturación anticipada sería como máximo un pago por adelantado y eso no resuelve el problema. Sin prestación de servicios no hay factura.
No es correcto.
Con un pago por adelantado se genera el impuesto sobre el valor añadido en el momento de la recepción del pago, pero no existe la obligación de emitir una factura.
bueno, pero en la factura final 2021 con fecha de prestación del servicio 2021 se deben pagar 19% sobre el total. Si se ha realizado un pago anticipado del 100% al 16%, se debe reembolsar la diferencia de impuestos. ¿O estoy equivocado? En resumen: no hay una forma legal de beneficiarse del 16% si la prestación del servicio es en 2021
bueno, pero en la factura final de 2021 con fecha de prestación de servicio 2021 se deben pagar el 19% sobre el total. Si se ha pagado un 100% de anticipo al 16%, se debe abonar la diferencia del impuesto. ¿O estoy equivocado? En resumen: no hay una forma legal de beneficiarse del 16% si la prestación del servicio es en 2021
Sí, eso por otro lado es cierto.
La dificultad será diferenciar los servicios parciales de los anticipos; en los servicios parciales no se exigiría un pago adicional del IVA.
A menos que el BMF tenga una consideración y haya una regulación completa de simplificación y transición.