IVA reducido hasta finales de 2020. ¿Procedimiento para las facturas?

  • Erstellt am 04.06.2020 10:23:56

hampshire

08.06.2020 14:13:24
  • #1
Debo corregirme: con la factura de pago a cuenta y la factura final eso no funciona, y tienen razón. Solo funcionan facturas individuales.
 

Boomercringe

18.12.2020 10:15:47
  • #2
Moin,

también tenemos la situación de que pagamos un contrato de obra con pagos a cuenta y que nuestra construcción no estará terminada hasta el primer trimestre de 2021.

¿Es posible proceder de la siguiente manera en general? Al menos así lo había entendido con mi asesora fiscal. Según el asesor fiscal del contratista general, todo el contrato debería ser cancelado y hecho de nuevo.

-Para los servicios prestados del 01.07. al 31.12. se realiza una aceptación parcial a través de nuestro contrato de ahorro para vivienda
-Además, se adjunta un acuerdo adicional a nuestro contrato de obra

En caso afirmativo, por supuesto surgirán más preguntas.

Gracias y buena suerte
 

Isokrates

18.12.2020 10:50:02
  • #3


Sin embargo, Hacienda solo lo reconocerá si existen razones justificadas para la disolución y la nueva celebración del contrato. Si la única razón comprensible es el ahorro fiscal, esto se considerará una planificación abusiva y, aun así, se deberán pagar el 19 % de IVA sobre todo el proyecto.
 

Boomercringe

18.12.2020 11:24:22
  • #4
Entonces, una rescisión del contrato tampoco sería mi camino preferido. Lamentablemente, solo se encuentran escenarios generales, pero pocos detalles - incluso el artículo del Bauherren-Schutzbund parte de una implementación legal. Si acaso, habríamos querido realizar la aceptación de la prestación parcial incluyendo acuerdos adicionales.
 

Isokrates

18.12.2020 11:44:36
  • #5
Para eso aplica lo mismo que para la resolución. Para la modificación posterior debe existir una razón razonable y comprensible. El deseo de ahorrar impuestos lamentablemente no es suficiente para ello. Son los mismos principios que para el último cambio del IVA. Actualmente también existe una carta del BMF sobre el tema que es más que detallada.
 

Isokrates

18.12.2020 11:50:49
  • #6


Más bien dividir el precio bruto total entre 1,19 y multiplicar por 1,16
 

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