Plazos de preaviso para préstamos a plazo

  • Erstellt am 05.09.2019 10:15:57

guckuck2

30.09.2019 14:56:35
  • #1


Sí. Si el cliente ya está en el sistema, eso es todo para los demás. Asegurar la comisión y eso.
 

markusPl

01.10.2019 11:22:38
  • #2
Tengo un caso similar y me encontré con este hilo aquí.
Aunque no soy un jurista completo, trabajo en el ámbito jurídico, por lo que conozco bastante bien la abogacía.

La cuestión jurídica principal en este asunto es si la concesión del crédito forward se considera un contrato de crédito nuevo e independiente, o simplemente una modificación de un contrato de crédito existente. Si solo se trata de una modificación, aplica el plazo normal de 10 años. Si se trata de un nuevo contrato de crédito, entonces la posibilidad de cancelación solo sería posible 10 años después de que termine el período forward (es decir, 10 años después del inicio del plazo efectivo del crédito forward), porque la formal entrega (en sentido jurídico) solo se realiza en el futuro y entonces comienza a correr el plazo.
Con el pasaje relevante del [Baugesetzbuch] "se celebra un nuevo acuerdo sobre el plazo de reembolso o la tasa de interés nominal tras recibir el préstamo", la intención del legislador podría haber sido que, en caso de dificultades de pago de una cuota, el banco pueda acordar con el prestatario un nuevo plazo, una nueva cuota y una nueva tasa de interés (similar a lo que ocurre en una reestructuración de deuda, por ejemplo) y que en este acuerdo no comience de nuevo el plazo de 10 años. Si en el contrato de crédito forward no solo se cambia la tasa de interés sino también la tasa de amortización, eso indicaría, por ejemplo, un nuevo contrato de crédito. Para la interpretación siempre es útil conocer el proceso de creación del texto legal. Es decir, ¿cuáles fueron las intenciones del legislador? Eso es tenido en cuenta por buenos jueces.

También conozco sentencias judiciales firmes que establecen que la cancelación solo es posible 10 años después del inicio del plazo efectivo del contrato de préstamo forward (aquí en 2024). En la práctica, los jueces a menudo se orientan en fallos anteriores de otros tribunales, siempre que el caso sea comparable en principio. Sin embargo, eso tampoco es una garantía, siempre se debe analizar el caso particular. (Por ejemplo, ¿existe una transcripción de la conversación asesoría con el banco por parte del prestatario, donde el banco le explicó que la cancelación ya puede hacerse 10 años después de la firma del crédito forward y/o puede ser confirmada por un testigo esa conversación? etc.) Porque el prestatario no tiene que ser capaz de entender las leyes subyacentes. Basta con que se base en lo que el banco le dijo (posiblemente mal) y que pueda testificar eso.

En cualquier caso, este asunto aquí es definitivamente todo menos claro, aunque algunos “expertos” autodenominados digan lo contrario.
Yo también tiendo a la opinión del intermediario financiero, que se aplica el plazo más largo. En todo caso, existe un riesgo inmenso de ganar un posible proceso. Lo desaconsejo.

Lo que yo haría concretamente en este caso:
Presentaría la propia opinión frente al banco argumentando que la cancelación ya puede hacerse 10 años después de la firma del crédito forward (quizás se pueda también hacer un farol adicional diciendo que un abogado le habría dado esa información). Y si el banco insiste en que la cancelación solo es posible alrededor de 3,5 años después, entonces trataría de conseguir un acuerdo pragmático desde el principio: por ejemplo, pagar todavía los intereses altos hasta mitad de 2022 y a partir de entonces continuar con una tasa de interés nueva y más baja, algo así como “a medias”.

Yo solo consideraría un proceso como último recurso y sobre todo solo si estuviera razonablemente/casi seguro de ganar, lo cual no es el caso en esta situación.
 

SuperEgon

01.10.2019 11:34:50
  • #3
Hey, muchas gracias por tus explicaciones tan detalladas, suena definitivamente bien fundamentado

como siguiente paso, primero voy a volver a otorgar el poder a Raiffeisen, para que al menos puedan hacer alguna declaración al respecto... esto se va a retrasar otra semana...
Veamos qué resulta...

...stay tuned
 

markusPI

16.10.2019 02:09:12
  • #4
Sí, como dije, considero que ambas perspectivas son legalmente defendibles. Como suele ocurrir en el ámbito jurídico, el asunto no es claro.

Pero ahora se me ha ocurrido otro aspecto muy diferente:
Bajo ciertas circunstancias, existe la posibilidad de salir completamente del préstamo puente y ¡de inmediato!

Se trata del llamado joker de desistimiento. Y es que en las instrucciones de desistimiento legalmente requeridas en los contratos de crédito de los bancos a menudo había errores (especialmente en una época en la que tú habías contratado), es decir, no cumplían con la norma establecida. Esto tendría como consecuencia que el plazo de desistimiento ni siquiera haya comenzado a correr y que se pueda desistir del contrato ahora mismo. Incluso las indemnizaciones por cancelación anticipada ya pagadas podrían ser revertidas.
Sin embargo, esto siempre debe clarificarse caso por caso. Eso debe hacerlo un abogado especializado en derecho del mercado de capitales.

Yo haría que lo revisaran.

¡Mucho éxito!

PD: había olvidado mi contraseña, por eso ahora con un nombre de usuario ligeramente modificado
 

HilfeHilfe

16.10.2019 06:38:39
  • #5

¿puedes por favor informar cómo terminó todo?
 

SuperEgon

16.10.2019 10:00:22
  • #6
Hola,
Sí, aún no ha salido...

Hasta hoy, tengo que volver a transferir el mandato de gestión al banco principal, para que puedan volver a contactar conmigo en la MHB...

pero como acabo de estar de vacaciones, aún no he avanzado en eso...

lamentablemente, el banco principal no me ha facilitado mucho las cosas, por ejemplo, con un formulario o algo similar... ahora tengo que ver cómo me pongo en contacto con la MHB...
 

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