Registro de la propiedad - ¿Un propietario, dos deudores posibles?

  • Erstellt am 29.01.2018 02:58:39

ypg

29.01.2018 14:35:50
  • #1
Quizás ahora resumido de manera objetiva. Tu pregunta es un verdadero manjar para un foro animado como el nuestro aquí ;)



No, ustedes figuran, si acaso, conjuntamente como contratantes en el contrato de obra. Y eso está bien: para un permiso de construcción deben firmar ambos.
Si uno no puede en algún momento, el otro también está disponible como interlocutor.



Ambos son deudores ante el prestamista, por lo que ambos deben responder.
Esto también aplica en caso de separación: si uno se pone terco y no paga su parte, el banco se dirige al otro. A ellos no les importa de quién reciben el dinero. Lo importante es que llegue. Exagerando: tú te quedas en la casa, pero no pagas y no estás localizable. Tu novia está sorprendida, pero para el banco está accesible, por lo que debe responder por las deudas... <- Resumen breve



En el registro de la propiedad se inscribe, independientemente del prestatario o del contrato de obra/contratante, el futuro propietario. Eso debería —por justicia— ser quien también sea deudor del préstamo. Entonces no hay problemas. Cómo se pongan de acuerdo más adelante es otra cosa. Por supuesto, pueden acordar algo diferente si uno "trae" el terreno de los padres o si asume todo el financiamiento solo.
Pero incluso en la generación de mis padres (probablemente la de tus abuelos) era habitual que ambos cónyuges figuraran como propietarios en el registro de la propiedad, aunque solo el papá trabajara y la mamá se encargara de la crianza.



Eso pueden dejarlo por escrito en un contrato privado. Algunos recomiendan acudir con un abogado/notario para esto —yo opino que un contrato privado también tiene validez si está bien redactado. Por supuesto, ambos deben firmar.
 

11ant

29.01.2018 14:56:38
  • #2
Exacto. Por esta "división del trabajo" que no es tan rara en las llamadas "uniones libres" "él vive - ella paga", yo, en lugar de la novia, insistiría en una garantía inscrita en el registro de la propiedad (me refiero a una hipoteca, no es necesario copropiedad).
 

Bieber0815

29.01.2018 15:20:42
  • #3
Si ambos celebran el contrato de obra, ambos deben la remuneración por el trabajo. En ese sentido, "deudor" estaba correcto. También el contratista puede reclamar sus derechos a ambos. Y, por lo general, está contractualmente establecido que cada propietario de la obra puede tomar decisiones por sí solo.

Con todo respeto: quien pregunta así, no podrá elaborar solo un contrato de tal magnitud (cientos de miles de euros). Para eso hay expertos (sin duda buenos y menos buenos) y no es tan caro. Por eso recomiendo encarecidamente no hacer construcciones propias. Cuando realmente se necesitan, por lo general aplican "condiciones más estrictas". Eso hay que tenerlo en cuenta al formularlo, es decir, debe ser a prueba de fallos.

Antes de eso, por supuesto, debe haber un acuerdo de contenido entre ambos. Solo cuando sepan qué quieren (ambos) se puede fijar por escrito (o recurrir a un estándar, por ejemplo, el matrimonio).
 

HilfeHilfe

29.01.2018 17:40:57
  • #4
Lo siento, entonces tu conocida fue tonta. También se amortizó, ¿o acaso ella vio dinero por la parte de amortización o por su trabajo en el jardín, etc.? ¿Se benefició de la plusvalía? El segundo problema es el banco. No está obligada a liberar a un deudor de la responsabilidad ni a aprobar un cambio de deudor.
 

ypg

29.01.2018 18:36:30
  • #5




Eso es completamente irrelevante, esté casado o no. En ambas configuraciones pueden darse tales escenarios.


no hablo de contratos que manejen miles de euros.
Hablo de contratos en los que uno se asegura contractualmente, por ejemplo, si en 5 años ocurre una separación, que una parte se quede con la casa con todos los costos posteriores (registro de la propiedad, etc.), que la otra parte considere su aportación hasta entonces como renta similar y renuncie a otros derechos o pagos sobre la casa. A partir del año 6, o si la amortización ya ha alcanzado una cifra considerable (de 5 dígitos), se liquida según corresponda. Etc.... todo son solo ejemplos.
Yo mismo he firmado, archivado y dejado vencer varios de estos contratos -> incluso ejecutado uno después y por eso lo considero bueno y práctico.
Solo hay que ponerse de acuerdo y plantearlo de manera objetiva. Y siendo honestos: energías criminales, nomadismo de alquiler, simulación de condiciones económicas, etc... la falsedad de carácter no surge de repente, la llevas en la sangre. Eso ya se puede detectar en un estado temprano de la relación.
 

Alex85

29.01.2018 19:57:36
  • #6


Mi conocido es el "él" que sigue viviendo allí. ;)

Lo digo claramente otra vez, yo tampoco lo haría así ni le aconsejaría a las señoras que hagan algo así.

Además, la señora es más bien del tipo lista. Y pragmática.

Finalmente también está suficientemente acomodada, sin tener que andar persiguiendo un montón de dinero. Porque hay que pensar en qué valor habría que amortizar. Hablas de aumento de valor. Bueno, ella vivió allí 3-4 años, pagó unos cientos cada mes. Mucho menos de lo que costaría un piso o una casa con jardín en alquiler. La casita está en terrenos de sus padres, propiedad familiar de más de 100 años. Un mortal normal no puede comprar ni alquilar ahí.

Nadie te paga por el trabajo del jardín en un inmueble alquilado. Lo haces y te da alegría, después lo disfruta el siguiente si dura.

¿Rendimiento? Sí, puede ser, al menos ficticio porque no es realizable, pero si ella tiene esa mentalidad de inquilina, ¿qué más da? Ella metió quizás 20-25 mil euros, digamos un 5% de rendimiento con el tiempo – ¿debería él darle por decoro 1000 euros ahora? Ni a él ni a ella les importa.

Ni siquiera discuten, no vale la pena la suma.
 

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