Herencia de casa adosada - ¿Testamento o Registro de la Propiedad es determinante?

  • Erstellt am 27.07.2022 16:20:03

schubert79

27.07.2022 17:33:49
  • #1
Lógicamente son evidentes. Supongo que fueron inscritos al morir el abuelo y luego nadie se ocupó de ello. Ahora la abuela ha muerto y, según el testamento, solo heredan los dos hijos. Entonces eso se lleva a cabo con la parte de la abuela que aún le pertenecía. Pero el tercer hijo inscrito en el registro de la propiedad conserva la parte que recibió en su momento.
 

HansDampf88

27.07.2022 17:44:15
  • #2
Sí, de hecho. Heredado del difunto abuelo en su momento: la abuela con el 50 % y el otro 50 % dividido en tercios entre los tres hijos. El 50 % de la abuela pasa ahora, salvo la porción legal del tercer hijo, a los otros dos hijos según el testamento. Así que sigue siendo una comunidad de herederos, lo cual es un problema. Según mis cálculos, a los dos hijos juntos les correspondería el 75 % y al otro hijo el 25 %. Esto se va a poner muy complicado. Yo, como nieto, debería comprar la casa a un precio justo, pero lamentablemente sólo será posible con el consentimiento del tercer hijo, y nadie sabe cómo piensa ahora. Si él bloquea el asunto, se hará largo.
 

Musketier

27.07.2022 20:03:35
  • #3

En mi opinión debería ser 33,33 % x 50 % = 16,66 % y para los otros dos 33,33 % * 50 % + 50 % * 50 % = 41,67 %. Pero eso no lo hace mejor.
 

HansDampf88

27.07.2022 20:21:18
  • #4
Con el tercer hijo debería ser así:

Al fallecer el padre, el 50 % para la madre y del otro 50 % 1/3 = 16,67 %

Al fallecer la madre, la porción obligatoria del restante 50 % = 1/3 de 50 = 16,67 %, de eso, por ser solo la porción obligatoria, solo la mitad, es decir, 8,33 %.

En total entonces 16,67 % + 8,33 % = 25 %.

¿Dónde está mi error? :)
 

Tassimat

27.07.2022 20:23:18
  • #5
¿Has comprobado eso?
También podría ser así:
50% abuela, 50% abuelo antes del primer fallecimiento. Después 75% abuela, 25% comunidad hereditaria.
 

HansDampf88

27.07.2022 20:27:15
  • #6


Como la muerte fue en ese entonces muy repentina y a una edad relativamente joven, asumo con un 99% de certeza que en cuanto a la herencia no se había dispuesto nada.
Entonces sí se aplicaría la ley – según mis investigaciones, en el primer fallecimiento correspondía 50 % al cónyuge, 50 % a los hijos.
 

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