moti
26.08.2012 20:31:52
- #1
Estimadas señoras y señores,
soy nuevo en el foro y tengo una pregunta sobre nuestra financiación de seguimiento, que no me deja tranquilo y para la cual, con mis conocimientos de profano, no encuentro solución.
En 2006 contratamos un crédito para la compra de nuestro piso. Plazo de 15 años. En 2011 vendimos el piso, transferimos el crédito a una casa unifamiliar recién adquirida y lo ampliamos con un crédito KFW (plazo de 10 años, es decir, hasta el final regular del primer crédito).
Mientras tanto, los intereses han bajado considerablemente (casi un 2 %). Supongo que esto se mantendrá así por un tiempo. Después de 10 años (es decir, en 2016) tenemos derecho a rescindir el primer crédito. Por supuesto, el crédito KfW no prevé derecho de rescisión después de 5 años.
¿Cómo puedo, sin embargo, rescindir el primer crédito en 2016 y reemplazarlo por otro más barato? (Deuda restante aprox. 120.000 EUR, crédito KfW aprox. 70.000 EUR, valor casa unifamiliar aprox. 280-300 mil EUR).
¿Se debe rescindir el crédito KfW (Programa 124)?
¿Hay bancos que acepten una inscripción en segundo lugar en el registro de la propiedad?
¿La entidad financiadora presenta una nueva oferta por sí misma tras 10 años en caso de rescisión?
Muchas gracias – ¡Espero sus respuestas! Si he olvidado algo, por supuesto lo añadiré...
moti
soy nuevo en el foro y tengo una pregunta sobre nuestra financiación de seguimiento, que no me deja tranquilo y para la cual, con mis conocimientos de profano, no encuentro solución.
En 2006 contratamos un crédito para la compra de nuestro piso. Plazo de 15 años. En 2011 vendimos el piso, transferimos el crédito a una casa unifamiliar recién adquirida y lo ampliamos con un crédito KFW (plazo de 10 años, es decir, hasta el final regular del primer crédito).
Mientras tanto, los intereses han bajado considerablemente (casi un 2 %). Supongo que esto se mantendrá así por un tiempo. Después de 10 años (es decir, en 2016) tenemos derecho a rescindir el primer crédito. Por supuesto, el crédito KfW no prevé derecho de rescisión después de 5 años.
¿Cómo puedo, sin embargo, rescindir el primer crédito en 2016 y reemplazarlo por otro más barato? (Deuda restante aprox. 120.000 EUR, crédito KfW aprox. 70.000 EUR, valor casa unifamiliar aprox. 280-300 mil EUR).
¿Se debe rescindir el crédito KfW (Programa 124)?
¿Hay bancos que acepten una inscripción en segundo lugar en el registro de la propiedad?
¿La entidad financiadora presenta una nueva oferta por sí misma tras 10 años en caso de rescisión?
Muchas gracias – ¡Espero sus respuestas! Si he olvidado algo, por supuesto lo añadiré...
moti