Bieber0815
27.10.2017 09:30:52
- #1
No se puede insistir lo suficiente en la reserva, pero aquí diceNo se hizo reserva alguna por defectos evidentes en la aceptación
por lo que interpreto el asunto de tal manera que al momento de la aceptación el defecto (supongamos que lo es) no era conocido. IMHO el § 640 (2) del Código de Construcción no se aplica entonces y al comprador le corresponden los derechos habituales. INAL.tenemos una construcción nueva y lamentablemente nos dimos cuenta después