Poste eléctrico en la propiedad no registrado en el registro de la propiedad

  • Erstellt am 12.08.2009 11:12:25

daytona

12.08.2009 11:12:25
  • #1
Hola amigos de la construcción,
en nuestra familia es propiedad un terreno, con un jardín relativamente grande, en el que próximamente me gustaría construir. En el jardín hay un poste eléctrico del proveedor local de energía a aproximadamente un metro de la frontera del terreno. Este poste fue colocado allí simplemente en tiempos de la RDA. Mi abuelo dice que no está registrado en el registro de la propiedad. El terreno está inclinado, de modo que las líneas del poste corren aproximadamente a 5 m de la frontera del plano sobre el jardín. En caso de construcción, las líneas tendrían que ser aisladas o removidas. ¿Se puede demandar al proveedor de energía por el poste o tiene que retirar el poste .. etc.?
 

Willyviper

02.09.2009 16:57:50
  • #2
Normalmente, todo funciona así.

El mástil debería estar registrado con una servidumbre en el registro de la propiedad, para eso te recomendaría preguntar en el catastro. Puede ser que el mástil haya sido inscrito durante una reorganización parcelaria, en cuyo caso debería haberse pagado una compensación.

Si el mástil no está inscrito en el registro de la propiedad, existe una obligación de tolerancia. Si recibes suministro a través de la línea que sostiene el mástil, todo esto está regulado en la NAV (Reglamento de conexión a la red).

Si el mástil no te limita durante la construcción, te recomendaría consultar con la empresa suministradora con los planos de construcción. Puedes ofrecer que el suministrador obtenga una servidumbre en el registro de la propiedad y que recibas una compensación correspondiente. La compensación se recibe una vez por la ubicación del mástil y por la franja de protección que se debe mantener libre bajo la línea (normalmente unos 10 m, aunque hoy en día también se considera una franja de protección parabólica de mástil a mástil que indica la verdadera afectación). La cuantía depende del valor del terreno, lo cual en algunos casos puede ser una suma considerable.

Ahora que lo pienso, no mencionaste qué tipo de línea es, lo dicho aplica para líneas aéreas en la red de distribución (tensión media por encima de 1kV), si se trata de una línea de la red local es diferente.

Si la línea está en camino, normalmente el responsable también asume los costos, lo cual puede ser caro dependiendo del tipo de mástil y de si se pretende elevar la línea o cablearla.

En caso de construcción por debajo, debes mantener una distancia de 5 m para pendientes de techo inferiores al 15% y 3 m para pendientes superiores al 15%. Atención: estas indicaciones se aplican en el peor caso, es decir, con plena carga y alta temperatura ambiental cuando se produce la máxima flecha de la línea. La altura máxima sobre el nivel del mar solo puede indicártela el suministrador.

Por ahora es todo, saludos cordiales
Christian
 

JOERG24

03.09.2009 10:27:36
  • #3
También tenemos una torre así en la propiedad.

En el registro de la propiedad está inscrito un derecho de traspaso [Ich hoffe ich hab das noch richtig im Kopf].

No puedes obligar a la empresa suministradora de energía a retirarla. Incluso si se colocó sin aviso, el plazo para presentar una objeción ya ha expirado. Una demanda probablemente sería infructuosa. Más aún si el instalador probablemente ya no existe, si esto ocurrió en tiempos de la antigua RDA. Creo que en ese entonces también regían leyes completamente diferentes. No soy experto en la normativa del este, pero normalmente los intereses públicos prevalecen sobre los del individuo.
 

daytona

07.09.2009 20:08:39
  • #4
primero muchas gracias por las respuestas detalladas. según la información el estado es el siguiente: la línea no está registrada en el registro de la propiedad. la línea pertenece a la red local. en uno de los postes siguientes estamos conectados con una conexión de corriente trifásica (sierra circular, otros consumidores de gran consumo). la línea ya molesta en cierto rango. ¿es el aislamiento todavía una alternativa para el proveedor de energía? ¿cómo entro mejor ahora en las negociaciones con el proveedor de energía?
 

Willyviper

07.09.2009 20:46:39
  • #5
Si están conectados directamente, existe definitivamente la obligación de tolerancia.
Dices que se trata de línea aérea desnuda, entonces ya existe la posibilidad de cambiar a línea aérea aislada. Aquí, creo que las distancias que deben respetarse son de 1 m. Si el poste molesta, tal vez exista la posibilidad de trasladarlo dentro de la propiedad. Simplemente preguntaría amablemente al proveedor sobre tu proyecto.
Saludos cordiales
Christian
 

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