Hola,
como ya se ha escrito, construir sin capital propio es bastante caro. Aunque los intereses también han subido en las últimas semanas y meses, todavía nos encontramos en un nivel históricamente bajo. Siempre que recibáis una cuota aceptable para vosotros, deberíais construir con tranquilidad. A través de un contrato de ahorro para vivienda [Bausparvertrag] se puede asegurar un tipo de interés nominal bajo para el futuro. Como aún no se ha firmado ningún contrato de ahorro para vivienda, tendríais que financiar provisionalmente dicho contrato, lo cual es comparativamente caro. Si aun así firmáis un contrato de ahorro para vivienda, prestad especial atención al tipo de amortización. En la fase de reembolso vienen cargas altas. El 5-7% no es raro. Como no hay capital propio, además de diversos costes adicionales, también tendréis que financiar la comisión de apertura del contrato de ahorro para vivienda. En el cálculo del tipo de interés efectivo, al menos antes, la comisión de apertura quedaba fuera. Se supone que la pagáis al contado. Aunque existe la atractiva subvención estatal Riester de 154,00 por persona, se puede calcular fácilmente cuántas subvenciones anuales se necesitan para recuperar la comisión de apertura. Una variante fiscalmente y favorable para el consumidor es el préstamo de amortización Riester [Riesterannuitätendarlehen]. Además de algunas restricciones sobre la propiedad (por ejemplo, no se permite alquilar), en este caso, vuestras amortizaciones son gastos especiales en la declaración de impuestos. La subvención estatal Riester es desde el principio un pago especial gratuito por parte del Estado. Como en todos los productos Riester, en la fase de jubilación llega la obligación tributaria, siempre que se alcance un nivel sujeto a impuestos. Si la casita está pensada para la vejez y se puede pagar el impuesto de una sola vez, probablemente haya un descuento fiscal del 30%. Lamentablemente, este producto Riester rara vez o casi nunca se ofrece (hay que preguntar específicamente). El banco no gana nada más que los intereses y una pequeña comisión por la gestión de la cuenta para elaborar el certificado de subvenciones. Para vosotros son gastos especiales y un pago especial estatal. Y más amortización significa para el banco menos ingresos por intereses. Además del derecho obligatorio a amortización especial del 5%, también es posible algún cambio gratuito en la amortización. Así se puede reducir el préstamo a un nivel saludable tras la fijación del interés. Si vuestra empresa va bien, eso es posible. Si no, los intereses +1% de amortización siempre los tendréis que pagar de todos modos. Hay que valorarlo personalmente, usar un calculador de amortización, calcular diversas variantes, consultar al asesor fiscal y luego decidir. Pero estas consideraciones tenéis que hacerlas vosotros mismos. Ningún banco las hace por vosotros. En ese caso, sé de lo que hablo. En un radio de 25 km de mi lugar de residencia he hablado y negociado con 20 bancos. He interrumpido alguna que otra "entrevista de asesoramiento" y 19 "ofertas" no las he considerado educadamente como tales. Finalmente, un banco siguió mis argumentos. Pero no hacen falta más de uno.
¡Buena suerte con los bancos y la posible construcción de la casa!