Construcción en la frontera de la propiedad vecina - Declaración de consentimiento

  • Erstellt am 28.11.2019 09:43:00

Altai

28.11.2019 16:22:38
  • #1

No diste esta información inicialmente.
Me parece bastante crítico que al final, a pesar del acuerdo, no se restaure el estado original; tú te quedas sin solución. ¿Se podría cobrar una especie de fianza?
 

fragg

28.11.2019 17:31:48
  • #2

Ley sobre el Derecho de Vecindad
(Ley de Derecho de Vecindad - NRG)
en la versión de la publicación del 8 de enero de 1996

§ 7 d
Derecho de martillazo y escala

(1) Si una construcción permitida según las normativas urbanísticas no puede ser construida, modificada, mantenida o demolida sin entrar en la propiedad vecina o sin que se instalen andamios o equipos allí o se sobrepase el terreno vecino, el propietario y poseedor del terreno vecino deben tolerar el uso en la medida necesaria para estos fines.

(2) La intención de usar el terreno vecino debe ser notificada al propietario y poseedor dos semanas antes del inicio del uso. Si quien figura en el registro de la propiedad no es el propietario, basta con notificar al poseedor inmediato, salvo que el notificador conozca al propietario real. También es suficiente la notificación al poseedor inmediato si el paradero del propietario no se puede localizar a corto plazo.

(3) El propietario del terreno beneficiado debe indemnizar al propietario del terreno vecino por los daños ocasionados según el párrafo 1. A petición del autorizado, antes del inicio del uso se debe aportar una garantía por el daño que se prevea que pueda surgir.
 

Joedreck

28.11.2019 17:39:23
  • #3
Sí.. No o solo con esfuerzos considerables y especiales.

Si esto es aplicable, solo puede evaluarse in situ.
 

guckuck2

28.11.2019 17:40:55
  • #4
Palabra clave tablestaca. La tierra también se puede redistribuir o transportar.
 

Domski

28.11.2019 20:11:01
  • #5
Tres ejemplos concretos de la práctica:

1) el muro de bloques l que mi vecino construyó, que se discutió intensamente aquí en el foro: mi terreno también estaba en fase de construcción, casi no había tierra vegetal y el vecino necesitaba 1 m de espacio de trabajo en mi terreno. Preguntó, yo acepté; claro, hazlo, cuando termines me pones 20 m de canaleta de drenaje y listo.

2) una entidad pública construye una ampliación en uno de sus edificios y solo puede acceder a parte de la obra desde el terreno del vecino, un simple prado. Allí se siega heno dos veces al año y nada más: se delimitan 3 m en el prado que el contratista puede conducir, pisar y usar, y que se restaurarán al finalizar. El resto del prado está prohibido.

3) en el centro del pueblo, entre edificios antiguos, un inversor (del pueblo) construye una casa de 8 unidades con un sótano grande. Para ello tuvo que derribar una casa vieja y estrecha del vecino porque, tras demoler el edificio antiguo del promotor, se habría derrumbado. La excavación es tan profunda y la construcción prevista está pegada a la línea divisoria que no se pudo hacer talud en dos direcciones. El promotor tuvo que estabilizar los lados con muros de pilotes y muro berlinés. En el mismo sitio donde estaba la casa derribada del vecino, puso una estructura nueva en bruto como reemplazo.

Esto es lo que puede suceder en la vecindad. En el caso de un contratista general extranjero, puede que ni siquiera tenga autorización para negociar contigo en nombre del promotor. ¡No sea que al final tengas un contrato en el que el contratista se compromete a la restauración pero no veas ni un céntimo porque el promotor no lo sabía ni quiere pagar!

¿Conoces al propietario y promotor?
 

HWTIGGER

29.11.2019 07:26:34
  • #6
Lo que siempre se debe tener en cuenta aquí: estacionamiento subterráneo con construcción en el límite, es decir, aprox. 3 m de altura de excavación => 0,60-0,80 m de espacio de trabajo + 1,75-3,00 m de talud según las características del suelo, es decir, alrededor de 2,40-3,80 m de intervención en el propio terreno. Y cuando la empresa constructora vuelve a rellenar el suelo excavado tras finalizar los trabajos, en suelos cohesivos siempre hay asentamientos en el propio terreno, para los cuales nadie se sentirá responsable después.
 

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