Tres ejemplos concretos de la práctica:
1) el muro de bloques l que mi vecino construyó, que se discutió intensamente aquí en el foro: mi terreno también estaba en fase de construcción, casi no había tierra vegetal y el vecino necesitaba 1 m de espacio de trabajo en mi terreno. Preguntó, yo acepté; claro, hazlo, cuando termines me pones 20 m de canaleta de drenaje y listo.
2) una entidad pública construye una ampliación en uno de sus edificios y solo puede acceder a parte de la obra desde el terreno del vecino, un simple prado. Allí se siega heno dos veces al año y nada más: se delimitan 3 m en el prado que el contratista puede conducir, pisar y usar, y que se restaurarán al finalizar. El resto del prado está prohibido.
3) en el centro del pueblo, entre edificios antiguos, un inversor (del pueblo) construye una casa de 8 unidades con un sótano grande. Para ello tuvo que derribar una casa vieja y estrecha del vecino porque, tras demoler el edificio antiguo del promotor, se habría derrumbado. La excavación es tan profunda y la construcción prevista está pegada a la línea divisoria que no se pudo hacer talud en dos direcciones. El promotor tuvo que estabilizar los lados con muros de pilotes y muro berlinés. En el mismo sitio donde estaba la casa derribada del vecino, puso una estructura nueva en bruto como reemplazo.
Esto es lo que puede suceder en la vecindad. En el caso de un contratista general extranjero, puede que ni siquiera tenga autorización para negociar contigo en nombre del promotor. ¡No sea que al final tengas un contrato en el que el contratista se compromete a la restauración pero no veas ni un céntimo porque el promotor no lo sabía ni quiere pagar!
¿Conoces al propietario y promotor?