Bauexperte
10.01.2012 11:26:43
- #1
En tres sentencias, el BFH ha aclarado que la deducción del impuesto soportado sobre los costes de producción de un cobertizo o techo construido para ese fin es, en principio, posible.
A menudo, en relación con la instalación de un sistema fotovoltaico, se construye un cobertizo como soporte para la instalación o se renueva el techo de un cobertizo ya existente. La deducción del impuesto soportado sobre la propia instalación no está en disputa. Sin embargo, si es posible la deducción del impuesto soportado sobre los costes de producción del cobertizo o del nuevo techo y en qué medida, no se había aclarado hasta ahora. Ahora hay tres sentencias favorables del BFH. Se refieren a años en los que aún era aplicable el modelo Seeling. A diferencia de la Administración Tributaria, que no quería permitir ninguna deducción del impuesto soportado sobre los costes de producción de cobertizos o techos, las nuevas sentencias al menos permiten una deducción parcial del impuesto soportado.
Caso 1: Nuevo carport
Un propietario construyó en su terreno un nuevo carport, en el que aparcó su coche privado. En el techo del carport instaló una planta fotovoltaica. Solicitó la deducción del impuesto soportado sobre la totalidad de los costes de producción.
Según el BFH, el empresario podía asignar el carport, utilizado parcialmente para actividades empresariales y parcialmente para uso privado, a la empresa y así solicitar la deducción completa del impuesto soportado no solo sobre los costes de producción de la instalación, sino también sobre los costes de producción del carport. Debe tributar la parte del uso como plaza de aparcamiento correspondiente al uso privado. Requisito: el uso empresarial del carport debe ser al menos del 10 %. No puede aplicarse una clave territorial para comprobar el límite del diez por ciento. Más bien, debe determinarse una clave de facturación comparando los ingresos ficticios por el alquiler de la superficie del techo a un tercero para la explotación de una planta fotovoltaica con los ingresos ficticios por el alquiler del carport. (Sentencia BFH de 19.7.2011, XI R 21/10, DStR 2011, p. 2148).
Nota: Desde 2011, en un caso así solo es posible la deducción proporcional del impuesto soportado sobre los costes de producción, como en el caso 2, ya que el modelo Seeling con deducción total del impuesto soportado fue abolido por el legislador.
Caso 2: Nuevo cobertizo
Un propietario construyó en su terreno un nuevo cobertizo, en cuyo techo se instaló una planta fotovoltaica. El cobertizo no se utilizaba para nada más, sino que estaba vacío.
Según el BFH, en este caso no es posible asignar el cobertizo a la empresa, ya que ello requeriría un uso parcialmente privado. Sin embargo, el estar vacío no representa un uso privado. Por lo tanto, no se aplicaba el modelo Seeling ni la deducción total del impuesto soportado sobre los costes de producción del cobertizo. La deducción del impuesto soportado solo es posible según el uso empresarial, que debe ser al menos del 10 %. La determinación del impuesto soportado deducible se realiza con una clave de facturación basada en ingresos por alquiler ficticios, como en el caso 1 (Sentencia BFH de 19.7.2011, XI R 29/09).
Caso 3: Nuevo techo en un granero antiguo
Un propietario renovó el techo de un granero antiguo e instaló una planta fotovoltaica en el nuevo techo. El granero estaba vacío.
En este caso, el BFH llegó a la misma conclusión que en el caso 2: deducción del impuesto soportado sólo en la medida del porcentaje de uso empresarial de todo el granero y distribución del impuesto soportado sobre los costes de producción del nuevo techo según una clave de facturación (Sentencia BFH de 19.7.2011, XI R 29/10).
Fuente: 29.12.2011 Redacción Steuertipps
Saludos cordiales
A menudo, en relación con la instalación de un sistema fotovoltaico, se construye un cobertizo como soporte para la instalación o se renueva el techo de un cobertizo ya existente. La deducción del impuesto soportado sobre la propia instalación no está en disputa. Sin embargo, si es posible la deducción del impuesto soportado sobre los costes de producción del cobertizo o del nuevo techo y en qué medida, no se había aclarado hasta ahora. Ahora hay tres sentencias favorables del BFH. Se refieren a años en los que aún era aplicable el modelo Seeling. A diferencia de la Administración Tributaria, que no quería permitir ninguna deducción del impuesto soportado sobre los costes de producción de cobertizos o techos, las nuevas sentencias al menos permiten una deducción parcial del impuesto soportado.
Caso 1: Nuevo carport
Un propietario construyó en su terreno un nuevo carport, en el que aparcó su coche privado. En el techo del carport instaló una planta fotovoltaica. Solicitó la deducción del impuesto soportado sobre la totalidad de los costes de producción.
Según el BFH, el empresario podía asignar el carport, utilizado parcialmente para actividades empresariales y parcialmente para uso privado, a la empresa y así solicitar la deducción completa del impuesto soportado no solo sobre los costes de producción de la instalación, sino también sobre los costes de producción del carport. Debe tributar la parte del uso como plaza de aparcamiento correspondiente al uso privado. Requisito: el uso empresarial del carport debe ser al menos del 10 %. No puede aplicarse una clave territorial para comprobar el límite del diez por ciento. Más bien, debe determinarse una clave de facturación comparando los ingresos ficticios por el alquiler de la superficie del techo a un tercero para la explotación de una planta fotovoltaica con los ingresos ficticios por el alquiler del carport. (Sentencia BFH de 19.7.2011, XI R 21/10, DStR 2011, p. 2148).
Nota: Desde 2011, en un caso así solo es posible la deducción proporcional del impuesto soportado sobre los costes de producción, como en el caso 2, ya que el modelo Seeling con deducción total del impuesto soportado fue abolido por el legislador.
Caso 2: Nuevo cobertizo
Un propietario construyó en su terreno un nuevo cobertizo, en cuyo techo se instaló una planta fotovoltaica. El cobertizo no se utilizaba para nada más, sino que estaba vacío.
Según el BFH, en este caso no es posible asignar el cobertizo a la empresa, ya que ello requeriría un uso parcialmente privado. Sin embargo, el estar vacío no representa un uso privado. Por lo tanto, no se aplicaba el modelo Seeling ni la deducción total del impuesto soportado sobre los costes de producción del cobertizo. La deducción del impuesto soportado solo es posible según el uso empresarial, que debe ser al menos del 10 %. La determinación del impuesto soportado deducible se realiza con una clave de facturación basada en ingresos por alquiler ficticios, como en el caso 1 (Sentencia BFH de 19.7.2011, XI R 29/09).
Caso 3: Nuevo techo en un granero antiguo
Un propietario renovó el techo de un granero antiguo e instaló una planta fotovoltaica en el nuevo techo. El granero estaba vacío.
En este caso, el BFH llegó a la misma conclusión que en el caso 2: deducción del impuesto soportado sólo en la medida del porcentaje de uso empresarial de todo el granero y distribución del impuesto soportado sobre los costes de producción del nuevo techo según una clave de facturación (Sentencia BFH de 19.7.2011, XI R 29/10).
Fuente: 29.12.2011 Redacción Steuertipps
Saludos cordiales