No existen tales cláusulas en los contratos de préstamo. Cuando el derecho de desistimiento (14 días) ha expirado, se acabó el desistimiento.
Así es. A más tardar 14 días después de que el banco reciba el contrato firmado por ustedes, el banco se refinancia. Se puede decir en términos generales que no se cobra una indemnización por no aceptación del préstamo si el nivel de interés ha subido (quizás solo una comisión de tramitación). Pero si el nivel de interés baja, el banco también les cargará la indemnización (pérdida por intereses).
Sobre el tema de los intereses de disponibilidad ya se ha dicho todo. Por lo tanto, yo también esperaría un poco más y firmaría el contrato de préstamo solo cuando se haya firmado el contrato de construcción. Y este, como ya ha escrito toxicmolotow, debe contener un derecho de desistimiento incondicional (o al menos un derecho de desistimiento gratuito en caso de que no se logre la financiación).