Contrato de estructura: penalizaciones contractuales, garantías de seguridad, pagos?

  • Erstellt am 19.11.2019 21:09:32

11ant

21.11.2019 00:53:18
  • #1

Eh, preguntando de forma tonta: ¿qué impediría usar el contrato modelo mostrado en lugar de la versión reducida?
 

guckuck2

21.11.2019 06:49:34
  • #2
Todo el asunto es inválido si la VOB subyacente no se entrega. Entonces se aplica el Código de Construcción. s. fragg
 

Joedreck

21.11.2019 07:09:10
  • #3
Eso puede reclamarse legalmente después.... Yo no lo firmaría así. Buscaría la conversación primero con el arquitecto y luego con la empresa constructora.
El plazo probablemente no será una fecha. Más bien x meses después del inicio de la construcción.
Las empresas están completas y pueden elegir qué hacen, cuándo y con quién.
 

fragg

21.11.2019 07:57:26
  • #4
¿Comprarías un coche o un contrato de teléfono con un contrato así? TODO puede ir maravillosamente, pero en caso de problemas ni siquiera está claro qué ley se aplica. Tu yo del futuro pondrá los ojos en blanco y pensará "¿cómo pude firmar esto?".

Debe haber un punto de inicio y un punto final. También se puede formular así: "Inicio dentro de X semanas tras la licencia de obra y el desalojo del terreno (?) por parte del promotor" "Finalización a más tardar X meses después del inicio de la obra, quedando excluidas las interrupciones por circunstancias externas o clima" (no soy abogado, solo he trabajado con VOB y he tenido que leer esta tontería muchas veces...).

La penalización contractual es parte de la VOB, esté o no en el contrato (no soy abogado) - pero me da la impresión de que el contratista tampoco sabe muy bien lo que hace y quiso modificar el contrato a su favor respecto a la VOB.

Si en el punto 5. dice que se retiene un 5%, ¿se menciona algo de la 6. seguridad en el texto del 5.?

Si no hay un límite máximo para la garantía, puedes retener un 5% en cada pago, sin límite... y pagar solo con la factura final.

Si falta una fianza de ejecución, significa: si la empresa quiebra, estás jodido.

El propósito de la fianza de ejecución es tener un "regalito" en forma de efectivo para una nueva empresa cuando la antigua entra en insolvencia.

Ya sean 4 o 5 años, da igual. A más tardar después de un año se discutirá si es desgaste habitual, falta de mantenimiento por parte del promotor, uso, etc.

Solo son pensamientos de un no abogado. Creo que si fueras a un abogado, él te desaconsejaría.

Si la construcción va sin problemas, con un apretón de manos basta.
 

Bauherr am L

21.11.2019 08:32:18
  • #5


El contrato modelo mostrado fue encontrado por mí en internet. El otro nos fue presentado por la empresa constructora.



Como dije, falta. Sin embargo, no hay preocupaciones sobre el desempeño temporal de la empresa.



No menciona ninguna garantía de seguridad ni límite máximo. Solo "5% de retención".



Falta la fianza de ejecución. Pero probablemente la empresa no quiebre durante nuestra obra gruesa. ¿Necesitamos una fianza para el período de garantía?



Justamente ese punto me parece mucho más importante que los demás. Si después de 4,5 años descubrimos que algo no está bien, estaremos en una situación difícil. Que se pueda discutir mucho dentro del plazo no nos ayuda en nada.

Sigo teniendo las siguientes preguntas:

1. ¿Deberíamos insistir en un plazo de garantía de 5 años, o de todos modos se aplica a nosotros como consumidores?
2. ¿Es importante tener una regulación sobre una aceptación formal obligatoria?

Gracias por sus comentarios hasta ahora. También creo que los temas legales son súper importantes en la construcción.
 

fragg

21.11.2019 09:05:39
  • #6
§12 VOB. La aceptación se realiza cuando una de las partes lo solicita.

Con respecto a la garantía, todo está en § 13 Abs. 4 Nr. 1 Satz 1 VOB/B

¿Ya te has leído la VOB/B meanwhile?
 

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