11ant
30.05.2022 00:25:03
- #1
"Alguna laguna de validez" lo considero un cuento. Algo raro, pero no imposible: un plan de desarrollo urbano puede no ser jurídicamente vinculante, entonces mucha gente construye igualmente, y al final solo quedan un puñado de terrenos sin construir, para los cuales la procesión para la corrección de las disposiciones defectuosas ya no vale la pena.Curiosamente, al parecer al inicio de la existencia del plan de desarrollo urbano hubo alguna laguna de validez (así se cuenta), por lo que en NINGUNA casa de esa calle con aproximadamente 20 casas CUMPLE ALGO con el plan de desarrollo urbano.
Eso suena a un plan de desarrollo urbano que nunca llegó a ser jurídicamente vinculante. Entonces, la zona de construcción es un "área interior no planificada", y por lo tanto se aplica el §34 - es decir, la obligación de integración y nada más (excepto, por supuesto, la Ley Federal de Construcción y la Ordenanza de Construcción Estatal). Eso tendría las siguientes consecuencias en tu caso: Cochera) en RLP, que yo sepa, no hay una distancia menor a la línea de la calle que para un garaje, al menos para los postes como elementos que limitan la visibilidad; Techo) altura del edificio e inclinación del techo acorde al entorno, forma del techo libre, alero no regulado por separado. Volumen construido) Número máximo de plantas completas según el entorno, índice de ocupación del suelo e índice de uso del suelo orientados al promedio actual, sin superar el máximo actual y en particular sin superar un índice de uso del suelo de 0,8. ¡Buena suerte!Allí hay alegremente una mezcla de techos a cuatro aguas junto a techos a dos aguas con dirección de cumbrera incorrecta, no coinciden los colores del techo,