Zwilch93
20.03.2024 22:38:47
- #1
Hola a todos,
quizás pronto tengamos un terreno para construir y planeamos una casa unifamiliar clásica con tejado a dos aguas.
En el plan de ordenación urbanística están establecidas las siguientes normativas:
Casa unifamiliar = 200
Altura de alero = 204,5
Altura de cumbrera = 209
Inclinación del tejado = 30° - 45°
En el texto continúa:
La altura del suelo de planta baja - casa unifamiliar (= altura del suelo bruto) del edificio principal está determinada en el plan de ordenación urbanística en altura sobre el nivel del mar (m sobre el nivel del mar) y como máxima medida.
Se permiten desviaciones por debajo.
Sobre el tejado a dos aguas:
La altura de las instalaciones construidas está limitada hacia arriba por la fijación de la altura del punto de intersección de la pared exterior con la cubierta (TH) y la altura de cumbrera (FH), ambas en altura sobre el nivel del mar.
La altura del alero debe mantenerse al menos en 2/3 de la longitud del edificio. Se permiten desviaciones por debajo.
Si construimos el suelo de planta baja a 200 m sobre el nivel del mar, tenemos una altura máxima del alero de 4,5 m.
¿Qué altura máxima de muro de ojiva (Kniestock) sería posible en esta configuración? He realizado el siguiente cálculo de ejemplo:
450 cm altura del alero - (250 cm altura de planta + 35 cm forjado + 40 cm estructura del tejado) = 125 cm muro de ojiva posible
¿Es correcto este cálculo?
Ahora un pequeño ejercicio mental sobre cómo podríamos quizás aumentar más nuestro muro de ojiva:
Si construimos el suelo de planta baja a solo 199,4 m sobre el nivel del mar (una desviación por debajo está permitida), ¿tendríamos una altura máxima del alero de 5,1 m?
En esta configuración el siguiente cálculo de ejemplo:
510 cm altura del alero - (250 cm altura de planta + 35 cm forjado + 40 cm estructura del tejado) = 185 cm muro de ojiva posible.
¿Es correcto también este cálculo y suposición?
¿Sería grave “hundir” la casa unos 60 cm?
El terreno es llano y la calle adyacente tiene una altura de 199,5 m sobre el nivel del mar. Actualmente el terreno está claramente por debajo de la calle. Así que simplemente habría que rellenar un poco menos que con la casa unifamiliar a 200 m sobre el nivel del mar.
Estaré encantado de recibir sus comentarios. ¡Muchas gracias!
Zwilch
quizás pronto tengamos un terreno para construir y planeamos una casa unifamiliar clásica con tejado a dos aguas.
En el plan de ordenación urbanística están establecidas las siguientes normativas:
Casa unifamiliar = 200
Altura de alero = 204,5
Altura de cumbrera = 209
Inclinación del tejado = 30° - 45°
En el texto continúa:
La altura del suelo de planta baja - casa unifamiliar (= altura del suelo bruto) del edificio principal está determinada en el plan de ordenación urbanística en altura sobre el nivel del mar (m sobre el nivel del mar) y como máxima medida.
Se permiten desviaciones por debajo.
Sobre el tejado a dos aguas:
La altura de las instalaciones construidas está limitada hacia arriba por la fijación de la altura del punto de intersección de la pared exterior con la cubierta (TH) y la altura de cumbrera (FH), ambas en altura sobre el nivel del mar.
La altura del alero debe mantenerse al menos en 2/3 de la longitud del edificio. Se permiten desviaciones por debajo.
Si construimos el suelo de planta baja a 200 m sobre el nivel del mar, tenemos una altura máxima del alero de 4,5 m.
¿Qué altura máxima de muro de ojiva (Kniestock) sería posible en esta configuración? He realizado el siguiente cálculo de ejemplo:
450 cm altura del alero - (250 cm altura de planta + 35 cm forjado + 40 cm estructura del tejado) = 125 cm muro de ojiva posible
¿Es correcto este cálculo?
Ahora un pequeño ejercicio mental sobre cómo podríamos quizás aumentar más nuestro muro de ojiva:
Si construimos el suelo de planta baja a solo 199,4 m sobre el nivel del mar (una desviación por debajo está permitida), ¿tendríamos una altura máxima del alero de 5,1 m?
En esta configuración el siguiente cálculo de ejemplo:
510 cm altura del alero - (250 cm altura de planta + 35 cm forjado + 40 cm estructura del tejado) = 185 cm muro de ojiva posible.
¿Es correcto también este cálculo y suposición?
¿Sería grave “hundir” la casa unos 60 cm?
El terreno es llano y la calle adyacente tiene una altura de 199,5 m sobre el nivel del mar. Actualmente el terreno está claramente por debajo de la calle. Así que simplemente habría que rellenar un poco menos que con la casa unifamiliar a 200 m sobre el nivel del mar.
Estaré encantado de recibir sus comentarios. ¡Muchas gracias!
Zwilch