wdreizehn
20.06.2020 13:24:37
- #1
Hola,
¡Primero muchas gracias por las valoraciones!
Quizás ayude el croquis adjuntado para la evaluación de la situación:
Mi derecho de uso exclusivo se refiere a la terraza y al jardín. El jardín está delimitado por una cerca viva (marcada en verde) tanto con el vecino de la izquierda como con la acera / la calle. Los trabajos de pintura deberían realizarse en la pared marcada en azul. El baño dibujado junto a mi salón y la escalera en la parte inferior izquierda pertenecen a los apartamentos del bloque de viviendas adyacente. Sobre mi terraza está el balcón del apartamento superior, que no me pertenece. A la izquierda, en la zona de la terraza, se encuentra el pequeño trastero.

Regulación en la declaración de división:
§4, Tipo y alcance del uso, derechos de uso exclusivo
1. …
2. En cuanto al uso del derecho de superficie comunitario, se establecen según los §§ 10 párr. 2, 15 WEG las siguientes disposiciones sobre el uso exclusivo:
a) Al respectivo titular del derecho de superficie de los apartamentos indicados a continuación se le asigna el derecho exclusivo de uso respecto a las superficies de terraza y jardín designadas con SNG y número, que figuran en el plano - planta baja - adjunto como Anexo 4 a este documento:
...
Unidad habitacional nº 67 la superficie de jardín SNG 67
....
(El croquis adjuntado es un recorte del plano mencionado)
§ 11 Reparación de cargas
1. Para los costos y cargas rige lo siguiente.
a) Regulación para casas unifamiliares, que aquí no es aplicable ya que se trata de un edificio plurifamiliar.
b) Cada comunidad de titulares del derecho de superficie para subapartamentos en edificios plurifamiliares asume todos los costos y cargas de su edificio como si fuera una comunidad de derecho real de vivienda independiente. La distribución de los costos se realiza según las cuotas de copropiedad o según otras claves de distribución válidas dentro de dicha comunidad para subapartamentos. También se constituye una reserva separada para el mantenimiento. Cada titular de derecho real de vivienda asume solo ellos los costos correspondientes a su propiedad especial, para los que existen dispositivos de medición propios o que pueden determinarse de forma clara. Todos los costos y cargas que no se asignen a una comunidad para subapartamentos son asumidos por todos los titulares de derecho real de vivienda en proporción a sus cuotas de copropiedad.
Sin embargo, se aplican las siguientes particularidades:... (aquí siguen disposiciones sobre los costos de calefacción)
c) En la medida en que a una propiedad especial se le confiera un derecho de uso exclusivo sobre elementos constructivos o superficies libres (por ejemplo, jardín, terraza), el titular del derecho de uso exclusivo debe asumir él solo los costos de mantenimiento, reparación y renovación correspondientes.
A este apartado c) se refiere la administración de la propiedad en relación con la realización de los trabajos de pintura.
Todo el bloque de viviendas fue construido "de una sola vez", incluyendo los trasteros uniformemente diseñados en las terrazas y en los balcones. No he realizado modificaciones constructivas en este estado.
Puedo realizar sin problemas trabajos de pintura en los trasteros revestidos de madera, eso no es un problema. Claro que la pared mostrada es diferente, aquí sería necesaria obligatoriamente una estructura para andamio. Si yo fuera responsable de esto, por supuesto se hará, aunque preferiría evitarlo.
Quizás estos detalles adicionales ayuden a la valoración.
¡Nuevamente muchas gracias!
Un cordial saludo
Guido
¡Primero muchas gracias por las valoraciones!
Quizás ayude el croquis adjuntado para la evaluación de la situación:
Mi derecho de uso exclusivo se refiere a la terraza y al jardín. El jardín está delimitado por una cerca viva (marcada en verde) tanto con el vecino de la izquierda como con la acera / la calle. Los trabajos de pintura deberían realizarse en la pared marcada en azul. El baño dibujado junto a mi salón y la escalera en la parte inferior izquierda pertenecen a los apartamentos del bloque de viviendas adyacente. Sobre mi terraza está el balcón del apartamento superior, que no me pertenece. A la izquierda, en la zona de la terraza, se encuentra el pequeño trastero.
Regulación en la declaración de división:
§4, Tipo y alcance del uso, derechos de uso exclusivo
1. …
2. En cuanto al uso del derecho de superficie comunitario, se establecen según los §§ 10 párr. 2, 15 WEG las siguientes disposiciones sobre el uso exclusivo:
a) Al respectivo titular del derecho de superficie de los apartamentos indicados a continuación se le asigna el derecho exclusivo de uso respecto a las superficies de terraza y jardín designadas con SNG y número, que figuran en el plano - planta baja - adjunto como Anexo 4 a este documento:
...
Unidad habitacional nº 67 la superficie de jardín SNG 67
....
(El croquis adjuntado es un recorte del plano mencionado)
§ 11 Reparación de cargas
1. Para los costos y cargas rige lo siguiente.
a) Regulación para casas unifamiliares, que aquí no es aplicable ya que se trata de un edificio plurifamiliar.
b) Cada comunidad de titulares del derecho de superficie para subapartamentos en edificios plurifamiliares asume todos los costos y cargas de su edificio como si fuera una comunidad de derecho real de vivienda independiente. La distribución de los costos se realiza según las cuotas de copropiedad o según otras claves de distribución válidas dentro de dicha comunidad para subapartamentos. También se constituye una reserva separada para el mantenimiento. Cada titular de derecho real de vivienda asume solo ellos los costos correspondientes a su propiedad especial, para los que existen dispositivos de medición propios o que pueden determinarse de forma clara. Todos los costos y cargas que no se asignen a una comunidad para subapartamentos son asumidos por todos los titulares de derecho real de vivienda en proporción a sus cuotas de copropiedad.
Sin embargo, se aplican las siguientes particularidades:... (aquí siguen disposiciones sobre los costos de calefacción)
c) En la medida en que a una propiedad especial se le confiera un derecho de uso exclusivo sobre elementos constructivos o superficies libres (por ejemplo, jardín, terraza), el titular del derecho de uso exclusivo debe asumir él solo los costos de mantenimiento, reparación y renovación correspondientes.
A este apartado c) se refiere la administración de la propiedad en relación con la realización de los trabajos de pintura.
Todo el bloque de viviendas fue construido "de una sola vez", incluyendo los trasteros uniformemente diseñados en las terrazas y en los balcones. No he realizado modificaciones constructivas en este estado.
Puedo realizar sin problemas trabajos de pintura en los trasteros revestidos de madera, eso no es un problema. Claro que la pared mostrada es diferente, aquí sería necesaria obligatoriamente una estructura para andamio. Si yo fuera responsable de esto, por supuesto se hará, aunque preferiría evitarlo.
Quizás estos detalles adicionales ayuden a la valoración.
¡Nuevamente muchas gracias!
Un cordial saludo
Guido