Voki1
04.04.2015 10:01:01
- #1
Aquí es cuestionable cómo está regulado eso en el contrato de compraventa. Escribes que ya habéis pagado. Si es así y el pago fue hecho directamente al vendedor, entonces supongo que la "entrega" del terreno ya debe haberse realizado. Cuándo es la entrega, eso también está establecido en el contrato de compraventa. Si esta ha tenido lugar, entonces sois "poseedores inmediatos" y podríais usar el terreno sin restricciones.
Lo bueno de estos contratos de compraventa es que el vendedor justamente ya no puede cambiar de opinión.
En mi opinión, podéis comenzar con las medidas y no tenéis que esperar a la titularidad en el registro de la propiedad.
Todo depende del contrato de compraventa.
Lo bueno de estos contratos de compraventa es que el vendedor justamente ya no puede cambiar de opinión.
En mi opinión, podéis comenzar con las medidas y no tenéis que esperar a la titularidad en el registro de la propiedad.
Todo depende del contrato de compraventa.