Experiencias con el derecho de superficie - ¿trampa de costos o ningún problema?

  • Erstellt am 24.01.2018 19:43:55

Alex85

26.01.2018 06:34:54
  • #1
En los últimos 7 años, el IPC aumentó aproximadamente un 9,5%. En un período de supuesta baja inflación.

El argumento "en x años eso es una nimiedad" es inválido si el arrendamiento está vinculado a un índice.
 

Nordlys

26.01.2018 08:44:30
  • #2
Si la tasa es correcta, es la misma pregunta de siempre: ¿compro un coche o hago un leasing? No está garantizado que en el contrato de [Erbpachtvertrag] haya una dinámica. No siempre es así.
 

ypg

26.01.2018 12:13:14
  • #3





Por motivo actual tengo nuestro documento a mano [emoji2]
 

Ingolf1975

17.10.2019 20:49:22
  • #4
Hola Maline.
¿Cómo ha resultado lo del [Erbpacht] y los 45000€?
 

Fleckenzwerg

23.10.2019 11:14:31
  • #5
Eso también me interesaría. Aquí casi exclusivamente recibimos terrenos con canon de arrendamiento. Probablemente obtendremos uno de la iglesia católica. También aquí previsiblemente se deberán pagar costes de urbanización al firmar el contrato de arrendamiento.
Hay que tener en cuenta lo siguiente. A menudo muchas obligaciones del >>propietario<< del terreno se transfieren al arrendatario. Muchas municipalidades cobran a los propietarios colindantes tasas por la ampliación o renovación de calles. No es raro que sean >10.000€ y podrían, eventualmente, ser trasladadas a vosotros. En una zona nueva de construcción eso probablemente solo será el caso dentro de al menos 20 años, porque allí todo es nuevo al principio. Sin embargo, revisad el contrato de arrendamiento respecto a cláusulas correspondientes.
Y: Nunca digas nunca. Conocidos nuestros tenían un terreno en arrendamiento de la iglesia y después de unos 20 años les ofrecieron comprarlo. No sé a qué precio ni en qué medida se descontó el canon ya pagado.
 

nordanney

23.10.2019 11:30:23
  • #6

Así es en todos los contratos que conozco. El beneficiario del derecho de superficie está equiparado al propietario en todos los derechos y obligaciones. Ese es precisamente el propósito del derecho de superficie. El otorgante no cede su terreno, pero generalmente no tiene nada que ver con el terreno durante 99 años (excepto cobrar su canon de superficie y consentir en la venta o gravamen).
 
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