1. Para el crédito antiguo el banco no tiene que hacer nada si no quiere. Tú solo eres solicitante. 2. Normalmente no se puede "extender" el crédito antiguo sin VE, ya que el banco cancela una refinanciación existente y entra en una nueva ==> por lo tanto se genera un perjuicio que tú debes pagar. Pero como el banco solo cambia la refinanciación y sigue ganando un margen, el perjuicio es menor que con una cancelación completa. 3. De cualquier forma tienes el crédito, ya sea solo o junto con la nueva financiación. La pregunta es cuánto vale para ti prolongar el plazo. 4. Si cancelas el crédito antiguo y lo solicitas de nuevo junto con la nueva financiación (que puede ser mayor que T€ 60, para que puedas deducir más intereses), podrías dividir el préstamo: una parte para alquiler, otra para uso propio. Por cierto, puedes deducir la VE fiscalmente como gastos de publicidad.