wrobel
17.04.2019 02:21:31
- #1
Hola
En el plan de desarrollo urbano dice
"en las áreas traseras de la propiedad no edificables, las instalaciones accesorias según el § 14 de la ordenanza de uso del suelo con más de 15 m2 de superficie base no están permitidas."
Por lo tanto, un garaje que sobresalga 15 m2 está permitido. ¿Cómo es con un cobertizo para herramientas que no está adyacente al garaje? ¿También son posibles 15 m2 allí?
La oficina de urbanismo no pudo dar información por teléfono hoy. La empleada tampoco estaba segura sobre la interpretación de la redacción. Dijeron que consultarán internamente.
¿Cómo evalúan ustedes el asunto?
Olli
En el plan de desarrollo urbano dice
"en las áreas traseras de la propiedad no edificables, las instalaciones accesorias según el § 14 de la ordenanza de uso del suelo con más de 15 m2 de superficie base no están permitidas."
Por lo tanto, un garaje que sobresalga 15 m2 está permitido. ¿Cómo es con un cobertizo para herramientas que no está adyacente al garaje? ¿También son posibles 15 m2 allí?
La oficina de urbanismo no pudo dar información por teléfono hoy. La empleada tampoco estaba segura sobre la interpretación de la redacción. Dijeron que consultarán internamente.
¿Cómo evalúan ustedes el asunto?
Olli