bon1980
04.09.2017 14:35:27
- #1
Sin embargo, debo rectificar mi afirmación sobre la exención del impuesto de transmisiones patrimoniales para las solicitudes adicionales posteriores en la compra a través del promotor inmobiliario en esta generalidad.
Sin embargo, para promotores serios no debería ser un problema absoluto reflejar el precio fijo según la descripción del servicio de construcción en el contrato de compra ante notario y tratar todos los deseos especiales en una oferta adicional. Entonces, esos importes no estarían sujetos al impuesto de transmisiones patrimoniales...
Por lo demás, nunca habría comprado a nuestro promotor si nos hubiera negado el acceso a la obra. Pero desde el principio estaba claro que tanto nosotros como posibles peritos podían acceder en cualquier momento. En nuestro caso, construir con un promotor fue bastante agradable, ya que como propietarios podíamos acceder a la obra, pero sin tener que preocuparnos por seguros, electricidad de obra, etc. Las mejoras como azulejos, parquet, etc., las liquidamos directamente y sin complicaciones con los oficios.