ballrock2
18.03.2014 12:47:28
- #1
Hola a todos,
hemos adquirido un hermoso terreno en pendiente. El terreno está debajo de la calle. Desciende desde la acera en una longitud de aproximadamente 3 metros unos 2 metros y luego sigue bastante uniforme:
Para construir en el terreno, por lo tanto, tenemos que construir un sótano o semisótano. Si es posible, nos gustaría usar esta planta también como espacio habitable. La pregunta ahora es cómo se calcula la distancia a la lindera. Según el reglamento de construcción de Baja Sajonia, tenemos una distancia mínima de 3 metros al límite del vecino y 0,5H de la altura del edificio. Según mis investigaciones, esto se refiere a la altura de la cumbrera (es decir, hasta la parte superior de la planta superior).
El sótano estará rodeado de tierra en dos lados, los otros dos lados estarán a nivel del terreno, de modo que la planta baja quede luego alineada con la calle. El terreno vecino afectado, junto al que la distancia podría quedar ajustada, se utiliza como jardín trasero, pero es suelo urbano. En ese lado vamos a apilar tierra y colocar un garaje prefabricado junto a la casa.
¿Cómo se calcula la distancia en este caso? ¿Se cuenta solo el edificio principal o también se debe respetar una distancia al límite con el garaje? El garaje, siendo prefabricado, es independiente; ¿contaría solo la altura del garaje (posiblemente más la tierra apilada) o la altura total de la casa?
¿Desde dónde se calcula la altura del edificio en este caso? ¿Se cuenta desde la planta baja o hay que incluir el sótano?
Agradezco cualquier consejo y
envío saludos soleados desde Baja Sajonia
Andreas
hemos adquirido un hermoso terreno en pendiente. El terreno está debajo de la calle. Desciende desde la acera en una longitud de aproximadamente 3 metros unos 2 metros y luego sigue bastante uniforme:
Calle Pendiente Terreno
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Para construir en el terreno, por lo tanto, tenemos que construir un sótano o semisótano. Si es posible, nos gustaría usar esta planta también como espacio habitable. La pregunta ahora es cómo se calcula la distancia a la lindera. Según el reglamento de construcción de Baja Sajonia, tenemos una distancia mínima de 3 metros al límite del vecino y 0,5H de la altura del edificio. Según mis investigaciones, esto se refiere a la altura de la cumbrera (es decir, hasta la parte superior de la planta superior).
El sótano estará rodeado de tierra en dos lados, los otros dos lados estarán a nivel del terreno, de modo que la planta baja quede luego alineada con la calle. El terreno vecino afectado, junto al que la distancia podría quedar ajustada, se utiliza como jardín trasero, pero es suelo urbano. En ese lado vamos a apilar tierra y colocar un garaje prefabricado junto a la casa.
¿Cómo se calcula la distancia en este caso? ¿Se cuenta solo el edificio principal o también se debe respetar una distancia al límite con el garaje? El garaje, siendo prefabricado, es independiente; ¿contaría solo la altura del garaje (posiblemente más la tierra apilada) o la altura total de la casa?
¿Desde dónde se calcula la altura del edificio en este caso? ¿Se cuenta desde la planta baja o hay que incluir el sótano?
Agradezco cualquier consejo y
envío saludos soleados desde Baja Sajonia
Andreas