yvi
31.01.2011 21:32:25
- #1
Hemos firmado un contrato para una casa prefabricada con una empresa de casas prefabricadas. Este contrato se realizó bajo la condición suspensiva (terreno) y establece lo siguiente:
1. El contrato de casa celebrado entre las partes contratantes se cierra bajo la condición de que el constructor pueda adquirir un terreno que pueda ser edificado con la casa que se entregará y construirá.
2. El constructor tiene el derecho, conforme al § 346 del Código de Construcción, a desistir del contrato de casa si no puede adquirir el terreno antes del 01.03.2011.
3. El constructor debe demostrar que se cumple esta condición para desistir. El desistimiento sólo puede declararse dentro de un plazo de dos semanas, que comienza el día en que finaliza el plazo mencionado en el párrafo 2. Si no declara el desistimiento dentro de este plazo, el desistimiento queda excluido y por lo tanto la condición suspensiva desaparece.
El trasfondo es el siguiente...
La empresa de casas prefabricadas quería construir con nosotros una casa con dos viviendas, pero estas viviendas no debían estar una encima de la otra sino una al lado de la otra. En principio una casa adosada doble, pero separada según la Ley de Propiedad por Piso (WEG) y no de manera real. Para la realización de este proyecto, la empresa O. y nosotros hemos buscado en los últimos meses un socio constructivo adecuado. Hasta ahora no se ha encontrado a nadie. Por lo tanto, tampoco es posible adquirir un terreno antes del 01.03.2011.
Ahora nos gustaría resolver el contrato anticipadamente porque hemos recibido una oferta para una casa doble separada de manera real de otra empresa constructora. Nuestro contacto en la empresa de casas prefabricadas O. nos informó por correo electrónico que la empresa O. está dispuesta a una resolución anticipada del contrato y que no nos generará costos. La semana pasada enviamos por escrito nuestra solicitud de resolución del contrato a la empresa O. y ahora hemos recibido la respuesta de que aún se deben realizar verificaciones y formular preguntas. Nos informarán en las próximas tres semanas si el contrato será rescindido o no.
Ahora mi pregunta...
¿Qué más podría esperarnos?
¿Cómo podemos demostrar que no podemos adquirir un terreno?
Nuestro contacto en la empresa O. nos ha escrito que simplemente debemos mencionar en la carta que no podemos adquirir un terreno adecuado y eso es lo que hemos hecho...
Agradecería mucho una respuesta.
Atentamente
Yvonne Jäger
1. El contrato de casa celebrado entre las partes contratantes se cierra bajo la condición de que el constructor pueda adquirir un terreno que pueda ser edificado con la casa que se entregará y construirá.
2. El constructor tiene el derecho, conforme al § 346 del Código de Construcción, a desistir del contrato de casa si no puede adquirir el terreno antes del 01.03.2011.
3. El constructor debe demostrar que se cumple esta condición para desistir. El desistimiento sólo puede declararse dentro de un plazo de dos semanas, que comienza el día en que finaliza el plazo mencionado en el párrafo 2. Si no declara el desistimiento dentro de este plazo, el desistimiento queda excluido y por lo tanto la condición suspensiva desaparece.
El trasfondo es el siguiente...
La empresa de casas prefabricadas quería construir con nosotros una casa con dos viviendas, pero estas viviendas no debían estar una encima de la otra sino una al lado de la otra. En principio una casa adosada doble, pero separada según la Ley de Propiedad por Piso (WEG) y no de manera real. Para la realización de este proyecto, la empresa O. y nosotros hemos buscado en los últimos meses un socio constructivo adecuado. Hasta ahora no se ha encontrado a nadie. Por lo tanto, tampoco es posible adquirir un terreno antes del 01.03.2011.
Ahora nos gustaría resolver el contrato anticipadamente porque hemos recibido una oferta para una casa doble separada de manera real de otra empresa constructora. Nuestro contacto en la empresa de casas prefabricadas O. nos informó por correo electrónico que la empresa O. está dispuesta a una resolución anticipada del contrato y que no nos generará costos. La semana pasada enviamos por escrito nuestra solicitud de resolución del contrato a la empresa O. y ahora hemos recibido la respuesta de que aún se deben realizar verificaciones y formular preguntas. Nos informarán en las próximas tres semanas si el contrato será rescindido o no.
Ahora mi pregunta...
¿Qué más podría esperarnos?
¿Cómo podemos demostrar que no podemos adquirir un terreno?
Nuestro contacto en la empresa O. nos ha escrito que simplemente debemos mencionar en la carta que no podemos adquirir un terreno adecuado y eso es lo que hemos hecho...
Agradecería mucho una respuesta.
Atentamente
Yvonne Jäger