Nordlys
22.04.2017 20:46:47
- #1
Otra tontería de los planes de desarrollo. La especificación de la altura del alero limita el volumen de construcción de manera absolutamente suficiente. Cuánto por debajo del alero se encuentra un forjado en el interior del edificio no afecta al observador (ni al vecino) ni por cinco céntimos.
Me expresé de manera poco clara. La restricción en la altura del alero y en la altura de la cumbrera hace de facto imposibles las construcciones con muro de sótano y techos muy inclinados. No recuerdo la palabra prohibición de muro de sótano en el plan, pero es lo que resulta. Al parecer, el consejo también buscaba una cierta estética general del norte. ¿Está justificado? Podría vivir aquí con un poco más de liberalidad. K.