Tarnari
01.10.2020 16:37:47
- #1
Hola a todos,
podría necesitar un consejo o una valoración, o simplemente saber qué haríais vosotros en el siguiente asunto.
El jardinero está empezando en serio y pronto se planea levantar el cerramiento arriba mencionado alrededor del jardín.
He investigado, a través de algunos temas en este foro, si podría haber problemas con ello.
La situación de partida es el plan de urbanismo, que permite vallas hasta 1,80 m. Sin embargo, hay una ordenanza local para preservar el paisaje urbano que sólo permite setos. Así que, hasta aquí bien.
Una consulta de nuestra arquitecta en la oficina de urbanismo indicó que la ordenanza no se aplica en nuestro caso, ya que nuestro terreno no está en la calle sino en segunda fila detrás de un camino de acceso de 30 m y por tanto no afectaría al paisaje urbano. En caso de duda, podría haber vecinos que presenten objeciones.
Ahora bien, salvo una guardería en la frontera, no hay otros vecinos ni propietarios, aunque existen dueños de parcelas que aún no han empezado a construir. Tampoco sabemos cuándo será eso. Además, ni siquiera los conocemos.
Según la oficina de urbanismo y la arquitecta, hay varias opciones:
1. Averiguar quiénes son los propietarios de las otras parcelas e informarles sobre la valla.
2. Arriesgarse.
3. Plantar un seto.
La opción 1 naturalmente implica la posibilidad de que al menos uno de los futuros vecinos presente objeciones.
La opción 2 podría suponer que, una vez terminemos y los demás empiecen después y vean la valla, algún vecino presente una objeción.
La opción 3 es algo que queremos evitar a toda costa.
Supongamos que averiguamos quiénes serán los futuros vecinos, los informamos y uno dice “No”. ¿Qué consecuencias legales tiene eso?
Supongamos que nos arriesgamos y luego alguien dice “No quiero esa cosa”, ¿qué consecuencias legales tendría eso?
Ahora estamos un poco perdidos sobre qué hacer. ¿Alguien tiene experiencia o incluso conocimientos al respecto?
podría necesitar un consejo o una valoración, o simplemente saber qué haríais vosotros en el siguiente asunto.
El jardinero está empezando en serio y pronto se planea levantar el cerramiento arriba mencionado alrededor del jardín.
He investigado, a través de algunos temas en este foro, si podría haber problemas con ello.
La situación de partida es el plan de urbanismo, que permite vallas hasta 1,80 m. Sin embargo, hay una ordenanza local para preservar el paisaje urbano que sólo permite setos. Así que, hasta aquí bien.
Una consulta de nuestra arquitecta en la oficina de urbanismo indicó que la ordenanza no se aplica en nuestro caso, ya que nuestro terreno no está en la calle sino en segunda fila detrás de un camino de acceso de 30 m y por tanto no afectaría al paisaje urbano. En caso de duda, podría haber vecinos que presenten objeciones.
Ahora bien, salvo una guardería en la frontera, no hay otros vecinos ni propietarios, aunque existen dueños de parcelas que aún no han empezado a construir. Tampoco sabemos cuándo será eso. Además, ni siquiera los conocemos.
Según la oficina de urbanismo y la arquitecta, hay varias opciones:
1. Averiguar quiénes son los propietarios de las otras parcelas e informarles sobre la valla.
2. Arriesgarse.
3. Plantar un seto.
La opción 1 naturalmente implica la posibilidad de que al menos uno de los futuros vecinos presente objeciones.
La opción 2 podría suponer que, una vez terminemos y los demás empiecen después y vean la valla, algún vecino presente una objeción.
La opción 3 es algo que queremos evitar a toda costa.
Supongamos que averiguamos quiénes serán los futuros vecinos, los informamos y uno dice “No”. ¿Qué consecuencias legales tiene eso?
Supongamos que nos arriesgamos y luego alguien dice “No quiero esa cosa”, ¿qué consecuencias legales tendría eso?
Ahora estamos un poco perdidos sobre qué hacer. ¿Alguien tiene experiencia o incluso conocimientos al respecto?