NRW: Procedimiento de exención con desviación leve del plan de desarrollo

  • Erstellt am 15.10.2020 11:08:58

K1300S

16.10.2020 17:49:55
  • #1
¿No se contradice, verdad?
 

Escroda

16.10.2020 18:27:21
  • #2

No sólo.
Ordenanza de Uso del Suelo, § 23 Superficie del terreno edificable
...
(3) Si se ha establecido un límite de construcción, los edificios y partes de edificios no pueden sobrepasarlo. Se puede permitir que partes del edificio sobresalgan en una medida mínima.


Sí.
Ordenanza de Uso del Suelo; § 23 Superficie del terreno edificable
...
(2) ... En el plan de desarrollo se pueden prever otras excepciones determinadas por tipo y alcance.

Pero entonces serían excepciones que deberían solicitarse conforme al §31 del Código de Construcción, de modo que no se cumpliría un requisito para la exención de la aprobación y por tanto se debe llevar a cabo un procedimiento de aprobación.
 

KEVST

16.10.2020 21:22:15
  • #3


Aprendí algo nuevo. Gracias.

Cuando camino por las zonas de nueva construcción, muchos edificios están justo en el límite de construcción de 3 m. Los aleros sobresalen aún más. Especialmente con las parcelas estrechas de hoy en día, esto tiene una relevancia considerable. ¿Hasta qué profundidad se considera que un alero tiene un tamaño pequeño? Eso debe estar definido en algún lugar, ¿no? Tampoco encuentro ninguna sentencia judicial adecuada.
 

moHouse

16.10.2020 23:00:54
  • #4


Esto es más bien una discusión hipotética:
Sería ilógico. Si el plan de desarrollo urbanístico permitiera una superación del límite de construcción de por ejemplo 50 cm (posiblemente limitada a una anchura determinada) y yo respeto ese valor con el plan de mi casa. ¿Por qué debería entonces llevar a cabo un procedimiento de autorización?
El sentido y propósito del procedimiento de exención es que el arquitecto declare que se cumplen las reglas del plan de desarrollo urbanístico y por eso no se necesita un procedimiento de autorización.

Solo me interesa. No quiero poner en duda tu afirmación.
 

sascha-t4-le

17.10.2020 09:34:18
  • #5


Buenos días,
¿Qué partes del edificio pueden sobrepasar el límite de construcción? ¿O esto debe aclararse en un procedimiento de autorización con la autoridad? Me interesa especialmente el caso de los balcones. En la ordenanza regional de construcción está regulado exactamente cuánto pueden sobresalir en relación con las áreas de separación. Sobrepasar el límite de construcción es ya algo diferente. Asimismo, en Hesse está regulado el tamaño de los voladizos de los techos en relación con las áreas de separación.
Saludos cordiales
 

Escroda

17.10.2020 19:18:49
  • #6

No, y precisamente por eso, porque en un proyecto de construcción 70 cm pueden ser significativos, mientras que en otro 1 m puede ser insignificante. Aquí algunos citas:
BayBO Vollzugshinweise 2008:
Un voladizo del techo no es relevante para las áreas de separación en principio siempre que sea habitual en la localidad o en el paisaje. Independientemente de esto, el voladizo del techo no debe tener una función independiente (por ejemplo, cubrir una plaza de aparcamiento para vehículos).[ /I]
Handlungsempfehlung Bauordnung NRW 2018:
[I]Un voladizo del techo no debe tener una función independiente (por ejemplo, cubrir una plaza de aparcamiento para vehículos), de lo contrario perderá su privilegio conforme al párrafo 6.

Handlungsempfehlung MV:
Los elementos sobresalientes tienen función de organización y diseño. Un voladizo del techo no es relevante para las áreas de separación si es característico del paisaje urbano. Independientemente de esto, un voladizo del techo no debe tener una función independiente (por ejemplo, cubrir una plaza de aparcamiento).
FAQ zur Hamburgische Bauordnung:
Los voladizos del techo no se consideran en la medición de las áreas de separación si presentan la característica de subordinación (§6 Abs. 6 Nr. 1 de la Ordenanza de Construcción de Hamburgo). Esto es el caso cuando el voladizo del techo tiene como máximo 50 cm de profundidad. Los canalones colgantes pueden no ser considerados.
Se trata de áreas de separación, es decir, derecho de la construcción, es decir, derecho estatal. Además, no son leyes o reglamentos, sino recomendaciones de actuación de los ministerios a las autoridades de construcción. Si estas regulaciones son aplicables al derecho de planificación uniforme a nivel federal, es decir, a los límites de construcción descritos en la Ordenanza de Utilización del Suelo, lo decide en caso de disputa un tribunal de forma individual valorando las circunstancias muy específicas. Sin embargo, a menudo se orienta por el derecho estatal.

Aquí depende de la formulación exacta. Una formulación habitual sería, por ejemplo:
Los límites de construcción pueden ser excepcionalmente sobrepasados por balcones, el exceso está limitado a la mitad del ancho del edificio y un máximo de 1,60 m de profundidad.
Si faltara la palabra "excepcionalmente", habría que discutir de hecho si se trataría de una excepción en el sentido del §23 de la Ordenanza de Utilización del Suelo.

Todas, siempre que el exceso sea solo marginal. No es posible cuantificarlo por ley y debe decidirse caso por caso. También la evaluación de si el exceso requiere o no una exención conforme al §31 del Código de Construcción. Es habitual
- que un voladizo del techo sin función de 50 cm se ignore. Aparece en los documentos de construcción solo en el plano del ático y en las elevaciones. No se representa en el plano de situación, ni se considera en las áreas de separación ni en el cálculo de la densidad edificada.
- que un balcón sobresaliente de 1,50 m no genera áreas de separación, pero sí requiere una exención en caso de sobrepasar los límites de construcción y se incluye en el cálculo de la densidad edificada.
 

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