Pero me pregunto si realmente es nuestra tarea garantizar la protección contra el ruido o si no es más bien responsabilidad del causante del ruido asegurar dicha protección.
La gasolinera es una instalación existente y por lo tanto autorizada, pero tu nueva construcción cercana no lo está. Palabra clave: protección del estado existente. El funcionamiento de la gasolinera existente no debe ser restringido por una construcción cercana. En su caso, te puede ayudar echar un vistazo a la resolución de autorización del funcionamiento de la gasolinera.
Adquirimos este terreno como terreno edificable con la indicación de que se puede construir una casa unifamiliar o un edificio multifamiliar.
Sin embargo, eso no te exime de las condiciones legales de construcción y/o protección contra emisiones.
Alguien me dijo de antemano que no, no esperaba que esta gasolinera pudiera convertirse en un problema
¿A quién le preguntaste? Evidentemente a nadie experto, porque en huecos de construcción en entornos mixtos como el tuyo, el ruido de tráfico y comercial no siempre es un problema, pero en absolutamente todos los casos debería estar señalado con signos de exclamación grandes en la agenda.
La anterior propietaria preguntó antes de vender el terreno en el ayuntamiento si podrían surgir problemas que el comprador debería conocer, y allí le dijeron que no se esperan limitaciones, eso es lo que me molesta tanto.
¿Está eso por escrito? ¿O es una declaración oral de la vendedora? ¿Por qué la vendedora y no tú, como futuro propietario y promotor, habrías hecho esa consulta ante la evidente intención de edificar?