Likee68
13.08.2022 15:15:19
- #1
¡Hola a todos!
Mi esposa y yo estamos actualmente buscando una empresa de construcción de casas y hemos recibido un contrato modelo de nuestro favorito: un proveedor local más pequeño.
Se trata de la redacción en el contrato:
EXTRACTO:
§2 Remuneración
Contrato a precio global:
Como remuneración se acuerda un precio global de 510.204,00 € brutos (antes de descuentos por pronto pago), en palabras: quinientos diez mil doscientos cuatro euros. Las partidas resaltadas en azul correspondientes a trabajo propio según la lista de Excel no están incluidas en el importe.
§3 Cláusulas de ajuste de precios de mano de obra y materiales
Las cláusulas de ajuste de precios de mano de obra y materiales (cláusulas de ajuste para material y transporte) se acuerdan como sigue. En caso de cambios en los precios de compra de materiales superiores al 20 % deberán renegociarse los servicios afectados. Los precios acordados son - exceptuando las modificaciones de precios previstas en el § 2 párr. 3 VOB/B y otras previstas en la VOB/B, así como cualquier otra posibilidad de cambio de precio que se derive de principios jurídicos generales - precios fijos.
Veo esta redacción con mucha crítica:
Me gustaría que se realizara una revisión jurídica del contrato.
¿Veis estas redacciones igualmente críticas?
¡Estoy agradecido por cualquier respuesta constructiva!
¿Habéis tenido formulaciones similares en vuestros contratos?
Mi esposa y yo estamos actualmente buscando una empresa de construcción de casas y hemos recibido un contrato modelo de nuestro favorito: un proveedor local más pequeño.
Se trata de la redacción en el contrato:
EXTRACTO:
§2 Remuneración
Contrato a precio global:
Como remuneración se acuerda un precio global de 510.204,00 € brutos (antes de descuentos por pronto pago), en palabras: quinientos diez mil doscientos cuatro euros. Las partidas resaltadas en azul correspondientes a trabajo propio según la lista de Excel no están incluidas en el importe.
§3 Cláusulas de ajuste de precios de mano de obra y materiales
Las cláusulas de ajuste de precios de mano de obra y materiales (cláusulas de ajuste para material y transporte) se acuerdan como sigue. En caso de cambios en los precios de compra de materiales superiores al 20 % deberán renegociarse los servicios afectados. Los precios acordados son - exceptuando las modificaciones de precios previstas en el § 2 párr. 3 VOB/B y otras previstas en la VOB/B, así como cualquier otra posibilidad de cambio de precio que se derive de principios jurídicos generales - precios fijos.
Veo esta redacción con mucha crítica:
[*]¿Desde qué punto cero se calcula el aumento porcentual? Si los precios en el precio fijo se calcularon deliberadamente demasiado bajos, inmediatamente al comparar con los precios reales se superaría el 20 %.
[*]¿Solo se renegocian los aumentos y no las rebajas?
[*]¿Qué significa renegociar? En caso de paralización de la obra, el empresario podría presionarnos mucho y negociar a su favor. Mejor sería un procedimiento predefinido en este caso.
[*]Al final también se hace referencia a todas las posibles otras opciones de aumento de precios, para mí de nuevo muy poco transparente...
Me gustaría que se realizara una revisión jurídica del contrato.
¿Veis estas redacciones igualmente críticas?
¡Estoy agradecido por cualquier respuesta constructiva!
¿Habéis tenido formulaciones similares en vuestros contratos?