Cláusulas de ajuste de precios de materiales en el contrato de construcción - ¿alto riesgo?

  • Erstellt am 13.08.2022 15:15:19

Likee68

13.08.2022 15:15:19
  • #1
¡Hola a todos!

Mi esposa y yo estamos actualmente buscando una empresa de construcción de casas y hemos recibido un contrato modelo de nuestro favorito: un proveedor local más pequeño.

Se trata de la redacción en el contrato:

EXTRACTO:

§2 Remuneración

Contrato a precio global:

Como remuneración se acuerda un precio global de 510.204,00 € brutos (antes de descuentos por pronto pago), en palabras: quinientos diez mil doscientos cuatro euros. Las partidas resaltadas en azul correspondientes a trabajo propio según la lista de Excel no están incluidas en el importe.

§3 Cláusulas de ajuste de precios de mano de obra y materiales

Las cláusulas de ajuste de precios de mano de obra y materiales (cláusulas de ajuste para material y transporte) se acuerdan como sigue. En caso de cambios en los precios de compra de materiales superiores al 20 % deberán renegociarse los servicios afectados. Los precios acordados son - exceptuando las modificaciones de precios previstas en el § 2 párr. 3 VOB/B y otras previstas en la VOB/B, así como cualquier otra posibilidad de cambio de precio que se derive de principios jurídicos generales - precios fijos.


Veo esta redacción con mucha crítica:


    [*]¿Desde qué punto cero se calcula el aumento porcentual? Si los precios en el precio fijo se calcularon deliberadamente demasiado bajos, inmediatamente al comparar con los precios reales se superaría el 20 %.
    [*]¿Solo se renegocian los aumentos y no las rebajas?
    [*]¿Qué significa renegociar? En caso de paralización de la obra, el empresario podría presionarnos mucho y negociar a su favor. Mejor sería un procedimiento predefinido en este caso.
    [*]Al final también se hace referencia a todas las posibles otras opciones de aumento de precios, para mí de nuevo muy poco transparente...

Me gustaría que se realizara una revisión jurídica del contrato.

¿Veis estas redacciones igualmente críticas?

¡Estoy agradecido por cualquier respuesta constructiva!

¿Habéis tenido formulaciones similares en vuestros contratos?
 

SaniererNRW123

13.08.2022 15:24:35
  • #2

El momento aún debe ser fijado para que exista una base.

Los ajustes van en ambas direcciones.

Renegociar significa renegociar. Un procedimiento predefinido quiere decir que a partir de un cambio de precio del 20% asumes tú todas las demás modificaciones de precio (excepto el primer 20%) — ¿más o menos así? Entonces ya no podrías negociar.

¿Por qué debería celebrarse un contrato según la VOB? No lo entiendo. Para esto existe el contrato de construcción para consumidores según el Código de Construcción, que es muy favorable para los consumidores. La VOB solo trae problemas en el ámbito privado.

¡¡¡SÍ SÍ SÍ!!!
 

Likee68

13.08.2022 15:57:43
  • #3


¿Quieres decir que el precio de la materia prima del momento X se define como punto cero y a partir de ahí se calculan los porcentajes?
Pensaba que funcionaba así: él me pone un precio de la madera de 50 euros en el cálculo (cuando en realidad ya está en 55 euros). Si luego pide la madera 3 meses después, el precio es de 60 euros y se renegocia, ¿no?




Bueno, ¿pero qué margen de maniobra tengo todavía en la renegociación? Si el empresario ordena paralizar la obra hasta que se llegue a un acuerdo, puede que tarde una eternidad. Al final, él tiene ideas completamente diferentes sobre la renegociación y uno termina inevitablemente en el tribunal?



El empresario construye de forma privada y comercial, probablemente por eso. Yo también preferiría el código de construcción, pero no sé si él siquiera aceptará eso, si siempre ha usado un contrato según VOB...
 

SaniererNRW123

13.08.2022 16:53:51
  • #4

Incluso los juristas desaconsejan cerrar contratos VOB con una persona privada.

En realidad, debe revelar toda su cálculo, porque no solo se trata de la madera, sino hasta los clavos y quién sabe qué más. Habla con él para saber cómo lo tiene pensado.

Según la VOB y la orden del Ministerio de Construcción, tampoco es tan fácil para el contratista general. Hay reglas sobre qué y cómo debe justificarse (hasta la presentación de facturas).

Dejando de lado todos los deseos del contratista general, personalmente no firmaría un contrato según VOB. Para mí es un criterio de exclusión directo: código de construcción, contrato de obra con consumidor o el contratista general debería buscar clientes en otro lado.

P.D. Por cierto, en el contrato de obra con consumidor las cláusulas de ajuste de precio son inadmisibles.
 

xMisterDx

24.08.2022 23:25:57
  • #5


En teoría, sí. En la práctica, el promotor tendría que darse cuenta primero de que los precios han bajado más del 20%, luego demostrarlo al contratista general y, muy probablemente, presentar una demanda...

En la práctica, la cláusula solo conoce una dirección:
En caso de duda, será más caro, pero raramente más barato.
 

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